Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060934)
Resolución de 7 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de modernización de regadíos en la Comunidad de Regantes de Montijo-Canal de Montijo, ubicado en el término municipal de Montijo (Badajoz), cuya promotora es la Comunidad de Regantes de Montijo. Expte.: IA22/1087.
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NÚMERO 56
Miércoles 22 de marzo de 2023

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(linderos de piedra y de vegetación, muros de piedra, majanos, regatos, fuentes, pilones, charcas, afloramientos rocosos, etc.), realizando su reposición al estado inicial en
el caso de afección y guardando la concordancia absoluta con la consecución del tramo
existente utilizando materiales de la zona y dimensiones y características similares.
— Cualquier actuación que se realice en zona de Dominio Público Hidráulico (DPH) deberá
contar con la preceptiva autorización de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, así
como aquellas que se realicen en la Zona de Policía (banda de 100 metros colindante
con terrenos de Dominio Público Hidráulico), según lo dispuesto en la vigente legislación
de aguas, y en particular las actividades mencionadas en el artículo 9 del Reglamento
del Dominio Público Hidráulico. Se han de respetar también, las servidumbres de 5
metros de anchura de los cauces públicos. No consta que el promotor haya solicitado la
pertinente autorización para la ocupación de la zona de policía, por lo que deberá solicitarla a ese Organismo de cuenca, a la mayor brevedad posible. El modelo de solicitud a
rellenar, así como la hoja informativa relativa a la misma se pueden descargar en el enlace: https://www.chguadiana.es/servicio-al-ciudadano/registro-general-tramites-e-instancias.
— Todas las actuaciones asociadas al establecimiento y funcionamiento de nuevas infraestructuras lineales (caminos, carreteras, conducciones, etc.), deben garantizar, tanto el
trazado en planta de los cauces que constituyen el DPH del Estado, como su régimen
de caudales. Para ello deberán desarrollarse mecanismos específicos que garanticen
este mantenimiento, minimizando las variaciones de caudal durante la ejecución de las
obras, y sin que se produzca modificación entre el régimen de caudales anterior y posterior a la ejecución de las mismas.
— La zona de actuación se ubica dentro de la zona Regable de Montijo, por tanto, deberán
respetarse todas las infraestructuras de regadío gestionadas por el Organismo de Cuenca (Confederación Hidrográfica del Guadiana), así como sus zonas expropiadas.
— Queda prohibido con carácter general el vertido directo o indirecto de aguas y productos
residuales susceptibles de contaminar las aguas continentales o cualquier otro elemento
del dominio público hidráulico, salvo que se cuente con la previa autorización.
— Uno de los principales impactos ambientales suele provocarse en las zonas de acopios
de material o de préstamos, así como por otras obras puntuales no reflejadas en el
proyecto y zonas de tránsito de caminos y maquinaria, apertura de nuevos accesos,
etc. Todas las zonas de préstamos, acopios, parques de maquinaria y obras auxiliares
deberán contar con las autorizaciones e informes ambientales correspondientes en caso
de ser necesario.