Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060987)
Resolución de 17 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Parque acuático", cuya promotora es DAIMDON, SL, en el término municipal de Casar de Cáceres (Cáceres). Expte.: IA22/0958.
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NÚMERO 56
Miércoles 22 de marzo de 2023

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Fuente. Documentación presentada. Línea eléctrica desde el centro de transformación existente
en el depósito de agua.

Además de este suministro, se contempla la posibilidad de aprovechar los aparcamientos proyectados como campo fotovoltaico, instalando placas fotovoltaicas en las marquesinas de los aparcamientos, consiguiendo de este modo un suministro sostenible
para gran parte de la energía que se consuma en el parque. La instalación de autoconsumo contará con una superficie en marquesinas en zona de parking de 10.766,08 m2,
así como, 1.426,09 m2 en tejados del interior del parque, ocupando en total 12.192,17
m2. Estará formada por 2.747 módulos fotovoltaicos de 665 Wp, dando una potencia
total de 1,80 MW. Contará con 18 inversores de 100 kW cada uno.
En cuanto a la gestión de residuos, todos los sobrantes de obra irán a vertederos autorizados, los generados en el uso de las instalaciones se retirarán de forma periódica por
gestor autorizado, en cuanto a los residuos sólidos asimilables a urbanos serán clasificados y vertidos en contenedores de RSU del municipio de Casar de Cáceres.
El parque solo se abrirá en los meses estivales, habitualmente estos establecimientos
mantienen su actividad desde el 1 de junio al 31 de octubre, con un horario habitual de
11:00 am a 10:00 pm.
Toda la iluminación exterior tanto en el interior del parque acuático como en la zona de
parking se va a resolver con farolas alimentadas por paneles solares y “Solar-Trees”.
B) Resumen del resultado del trámite de información pública y consultas a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas.
B.1. Trámite de información pública.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de
protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Dirección General de