Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2023AC0007)
Acuerdo de 24 de noviembre de 2022, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de modificación puntual del Plan General Municipal de Oliva de Plasencia (M-004), para la redelimitación de la unidad de actuación UA-2, reduciendo su superficie.
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NÚMERO 56
Miércoles 22 de marzo de 2023

17513

Su contenido documental se considera suficiente y conforme a lo previsto en el artículo 47
de la LOTUS y en el artículo 53 del Decreto 143/2021, de 21 de diciembre, por el que se
aprueba el Reglamento General de la Ley de ordenación territorial y urbanística sostenible
de Extremadura (RGLOTUS), con la salvedad establecida en la disposición transitoria segunda 3.e de la LOTUS.
Sus determinaciones se adaptan a la ordenación y previsiones del arts. 46 y siguientes de
la LOTUS, conforme a los indicadores y estándares de sostenibilidad urbana establecidos
en el artículo 12 de este mismo cuerpo legal.
La modificación tiene como objeto redelimitar la unidad de actuación UA-2 existente, reduciendo su superficie, y aunque continúa denominándose unidad de actuación, según las
previsiones de la LOTUS se trata de un sector para el que se indican los objetivos, criterios
y condiciones básicas de ordenación, uso global, aprovechamiento, cesiones obligatorias y
modalidad de ejecución.
Por tanto, cabe concluir que la modificación se ha tramitado hasta la fecha conforme al
procedimiento establecido en el artículo 49 de la LOTUS y cuenta con la documentación
precisa para definir y justificar sus determinaciones, teniendo en cuenta su objeto.
V. Acuerdo.
Estudiado el expediente de referencia, así como los informes emitidos por el personal adscrito a la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio, debatido el asunto y
con el fin de garantizar el control de la legalidad y el cumplimiento de los cometidos previstos en el artículo 58.3 de la LOTUS.
En su virtud, esta Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, vistos
los preceptos legales citados y demás de pertinente aplicación,
ACUERDA:
1. Aprobar definitivamente el expediente epigrafiado.
2. P
 ublicar este acuerdo en el Diario Oficial de Extremadura, en la sede electrónica y en el
Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura (artículo 69 del RGLOTUS).
Como anexo I al acuerdo se publicará la normativa urbanística afectada resultante de la
aprobación de la presente modificación.
Por otro lado, y a los efectos previstos en el artículo 25.3 del Real Decreto Legislativo
7/2015, también se acompañará un anexo II contemplativo de un resumen ejecutivo, en