Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Agricultura. Ganadería. Ayudas. (2023060939)
Resolución de 15 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de ayudas estatales destinadas a la ejecución de proyectos de inversión dentro del Plan de impulso de la sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería (III) en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, para el ejercicio 2023: "Programa de apoyo para la aplicación de agricultura de precisión y tecnologías 4.0 en el sector agrícola y ganadero"
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NÚMERO 55
Martes 21 de marzo de 2023

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tura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, o, en su caso, el órgano en quien delegue, en
un plazo máximo de tres meses contados a partir de la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes.
2. L
 a resolución dictada, que deberá contener las obligaciones y compromisos adquiridos por
la persona beneficiaria, será notificada dentro del plazo máximo y por cualquiera de los
medios legalmente establecidos, de acuerdo con los artículos 40 a 46 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
3. N
 o obstante, lo dispuesto en los apartados anteriores, la no resolución expresa en el plazo
establecido para ello legitima a la persona interesada para entenderla desestimada por
silencio administrativo, conforme a lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 22 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
4. L
 a concesión de la ayuda conllevará el consentimiento para que tanto los datos de carácter
personal como el importe de la ayuda percibida puedan hacerse públicos; así como a ser
tratados por organismos de auditoría e investigación de la Unión y del Estado de conformidad a los Reglamentos 1306/2013 y 908/2014.
5. C
 ontra la resolución del procedimiento, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de notificación de la resolución, ante la persona titular de la Consejería de Agricultura, Desarrollo
Rural, Población y Territorio o ante el órgano que dicta la resolución, de conformidad con el
artículo 101.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, en conexión con lo establecido en los artículos
121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, y todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier
otro que se estime pertinente.
Décimo tercero. Comunicación con las personas solicitantes.
En aras de lograr una mayor efectividad, cualquier tipo de notificación y comunicación, que los
órganos competentes de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio,
dirijan a las interesadas en el procedimiento, se podrán efectuar mediante la publicación de
Anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, que indicará el lugar y el medio utilizado en el
que se encuentra expuesta la relación de interesadas afectadas, así como el acto de que se
trate.
Complementariamente a la notificación practicada por el sistema establecido en el párrafo
anterior y únicamente con efectos informativos, la solicitante recibirá un aviso SMS al teléfono móvil que conste en la solicitud de la ayuda, mediante el cual se le indicará que se ha