Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Agricultura. Ganadería. Ayudas. (2023060976)
Extracto de la Resolución 15 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de ayudas estatales destinadas a la ejecución de proyectos de inversión dentro del Plan de impulso de la sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería (III) en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, para el ejercicio 2023: "Programa de apoyo para la aplicación de agricultura de precisión y tecnologías 4.0 en el sector agrícola y ganadero".
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
3 páginas totales
Página
NÚMERO 55
Martes 21 de marzo de 2023

17262

EXTRACTO de la Resolución 15 de marzo de 2023, de la Secretaría General,
por la que se establece la convocatoria de ayudas estatales destinadas a
la ejecución de proyectos de inversión dentro del Plan de impulso de la
sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería (III) en el
marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, para el ejercicio
2023: "Programa de apoyo para la aplicación de agricultura de precisión y
tecnologías 4.0 en el sector agrícola y ganadero". (2023060976)
BDNS(Identif.):682486
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8. a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto de
la convocatoria cuyo texto puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente DOE.
Primero. Objeto.
El objeto de la presente resolución es efectuar la convocatoria de ayudas de 2023 al “Programa de apoyo para la aplicación de agricultura de precisión y tecnologías 4.0 en el sector
agrícola y ganadero”, conforme al capítulo II sección 4ª del Real Decreto 948/2021, de 2 de
noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas estatales destinadas a la ejecución de proyectos de inversión dentro del plan de impulso de la
sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería (III) en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Segundo. Beneficiarias.
Las ayudas previstas en este programa, conforme a lo establecido para esta tipología de
actuación, podrán concederse, siempre que cumplan los requisitos correspondientes, a las
personas beneficiarias últimas que se enumeran a continuación:
a) Personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada o pública, que sean titulares de explotaciones ganaderas y/o agrícolas siempre que tenga la consideración de pymes.
b) Personas físicas o jurídicas que presten servicios agrarios, entendiendo por tales quienes desarrollen actividades económicas inscritas en el epígrafe 911, en el 912 o en el
851 en el Impuesto de Actividades Económicas siempre que tenga la consideración de
pymes.
c) Cuando se trate de inversiones colectivas, agrupaciones de personas físicas o jurídicas,
de naturaleza privada o pública, o sin personalidad propia de acuerdo con los términos