Consejería De Igualdad Y Cooperación Para El Desarrollo. Juventud. Ayudas. (2023060594)
Resolución de 17 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas para el desarrollo de proyectos de interés general a asociaciones juveniles, entidades asimiladas a las mismas y entidades prestadoras de servicios a la juventud para el ejercicio 2023.
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NÚMERO 54
Lunes 20 de marzo de 2023

17053

Sexto. De los gastos subvencionables.
1. Se consideran, con carácter general, gastos subvencionables aquellos que, respondiendo
de manera indubitada a la naturaleza del proyecto subvencionado, se hayan originado a las
entidades beneficiarias con motivo de la realización de las actuaciones previstas y autorizadas en la resolución de concesión y se hallen efectivamente pagados dentro del plazo de
justificación establecido en el punto cuarto siguiente.
2. P
 ara cada línea de ayuda se especificarán, a estos efectos, los gastos que se consideran
subvencionables.
3. En ningún caso, el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior
al valor de mercado.
4. A efectos de lo previsto en el presente ordinal, se considera gasto subvencionable el que ha
sido efectivamente realizado y pagado entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023.
5. L
 a forma de justificación de las subvenciones será la establecida en el ordinal duodécimo
de esta resolución.
6. En ningún caso serán gastos subvencionables:
a) Los intereses deudores de las cuentas bancarias.
b) Los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales.
c) Los gastos de procedimientos judiciales.
d) Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni
los impuestos personales sobre la renta.
e) El material inventariable.
Séptimo. Procedimiento de concesión.
El procedimiento de concesión de estas subvenciones se efectúa en régimen de concurrencia competitiva con convocatoria periódica, procedimiento a través del cual la concesión de
las subvenciones se realiza mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de
establecer una prelación entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración y puntuaciones obtenidas por cada uno de los proyectos subvencionables y adjudicar, con el límite
de crédito fijado en el ordinal undécimo de la presente convocatoria, a aquellas que hayan
obtenido mayor valoración en aplicación de los mismos, en los términos establecidos en los