Consejería De Igualdad Y Cooperación Para El Desarrollo. Juventud. Ayudas. (2023060594)
Resolución de 17 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas para el desarrollo de proyectos de interés general a asociaciones juveniles, entidades asimiladas a las mismas y entidades prestadoras de servicios a la juventud para el ejercicio 2023.
43 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 54
Lunes 20 de marzo de 2023
17075
El proyecto detalla la metodología propuesta para cada una de las actividades: 1
punto.
4º Duración y continuidad del proyecto.
Si las actividades previstas en el proyecto se realizan durante al menos un trimestre:
1 punto.
Si las actividades previstas en el proyecto se realizan durante más de un trimestre:
2 puntos.
b) Número de actividades a desarrollar en el proyecto Máximo: 10 puntos.
Se otorgará un punto por cada actividad proyectada y encuadrada en alguna de las temáticas establecidas en el ordinal cuarto de la presente convocatoria, incrementándose
en 0,5 cada una de ellas, en los siguientes casos:
1º Actividades cuyo diseño y contenido vayan dirigidos a la promoción, impulso y efectiva consecución de la igualdad entre mujeres y hombres, así como aquellas destinadas a la lucha contra la violencia de género en jóvenes, por parte de las entidades
solicitantes, en aplicación de lo establecido en el artículo 31.1 de la Ley 8/2011, de
23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género
en Extremadura.
2º Actividades cuyo contenido fomente la actitud crítica y activa frente a cualquier tipo
de discriminación.
3º Actividades dirigidas a grupos que se encuentren en situación de especial vulnerabilidad, jóvenes en situación de desempleo, inscritos/as en los Servicios Públicos de
Empleo, con especiales dificultades para su incorporación al mercado de trabajo.
4º Actividades dirigidas a personas con diversidad funcional cuyo diseño y contenido
integre propuestas de fomento de la igualdad de oportunidades.
5º Actividades que incidan en la sostenibilidad y la preservación del medio ambiente
c) Ámbito geográfico de desarrollo del proyecto. Máximo 10 puntos.
Se otorgará 1 punto por cada localidad en la que se desarrolle el proyecto.
Cuando la actividad se desarrolle a través de medios telemáticos se considerará que
se realiza en una localidad y se otorgará 1 punto. De igual modo, la misma actividad
realizada en una localidad concreta e Internet se valorará con un solo punto.
Lunes 20 de marzo de 2023
17075
El proyecto detalla la metodología propuesta para cada una de las actividades: 1
punto.
4º Duración y continuidad del proyecto.
Si las actividades previstas en el proyecto se realizan durante al menos un trimestre:
1 punto.
Si las actividades previstas en el proyecto se realizan durante más de un trimestre:
2 puntos.
b) Número de actividades a desarrollar en el proyecto Máximo: 10 puntos.
Se otorgará un punto por cada actividad proyectada y encuadrada en alguna de las temáticas establecidas en el ordinal cuarto de la presente convocatoria, incrementándose
en 0,5 cada una de ellas, en los siguientes casos:
1º Actividades cuyo diseño y contenido vayan dirigidos a la promoción, impulso y efectiva consecución de la igualdad entre mujeres y hombres, así como aquellas destinadas a la lucha contra la violencia de género en jóvenes, por parte de las entidades
solicitantes, en aplicación de lo establecido en el artículo 31.1 de la Ley 8/2011, de
23 de marzo, de Igualdad entre Mujeres y Hombres y contra la Violencia de Género
en Extremadura.
2º Actividades cuyo contenido fomente la actitud crítica y activa frente a cualquier tipo
de discriminación.
3º Actividades dirigidas a grupos que se encuentren en situación de especial vulnerabilidad, jóvenes en situación de desempleo, inscritos/as en los Servicios Públicos de
Empleo, con especiales dificultades para su incorporación al mercado de trabajo.
4º Actividades dirigidas a personas con diversidad funcional cuyo diseño y contenido
integre propuestas de fomento de la igualdad de oportunidades.
5º Actividades que incidan en la sostenibilidad y la preservación del medio ambiente
c) Ámbito geográfico de desarrollo del proyecto. Máximo 10 puntos.
Se otorgará 1 punto por cada localidad en la que se desarrolle el proyecto.
Cuando la actividad se desarrolle a través de medios telemáticos se considerará que
se realiza en una localidad y se otorgará 1 punto. De igual modo, la misma actividad
realizada en una localidad concreta e Internet se valorará con un solo punto.