Consejería De Igualdad Y Cooperación Para El Desarrollo. Juventud. Ayudas. (2023060594)
Resolución de 17 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas para el desarrollo de proyectos de interés general a asociaciones juveniles, entidades asimiladas a las mismas y entidades prestadoras de servicios a la juventud para el ejercicio 2023.
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NÚMERO 54
Lunes 20 de marzo de 2023

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CONSEJERÍA DE IGUALDAD Y COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO
RESOLUCIÓN de 17 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que
se convocan las ayudas para el desarrollo de proyectos de interés general
a asociaciones juveniles, entidades asimiladas a las mismas y entidades
prestadoras de servicios a la juventud para el ejercicio 2023. (2023060594)
El Decreto 311/2015, de 18 de diciembre (DOE núm. 246, de 24 de diciembre), establece las
bases reguladoras de las ayudas para el desarrollo de proyectos de interés general a asociaciones juveniles, entidades asimiladas a las mismas y entidades prestadoras de servicios a la
juventud.
La finalidad de estas ayudas es apoyar con medios materiales y económicos, de acuerdo con
las disponibilidades presupuestarias, el desarrollo de iniciativas y proyectos de asociaciones
juveniles inscritas en el Registro de Asociaciones Juveniles y a Entidades prestadoras de servicios a la juventud que promuevan la autonomía y el bienestar de la juventud de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
El artículo 4 del citado Decreto 311/2015, de 18 de diciembre, establece que el procedimiento
de concesión de las ayudas se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, mediante
convocatoria periódica, procedimiento a través del cual la concesión de las subvenciones se
realizará mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de establecer una
prelación entre las mismas y adjudicar, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias,
aquellas que obtengan mayor valoración.
De conformidad con lo establecido en el artículo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura en la redacción dada por la Ley
5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios públicos, el procedimiento para
la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva se inicia siempre de
oficio mediante la convocatoria aprobada por resolución del titular de la secretaría general
competente o a la que estén adscritos los organismos o entidades públicas vinculadas o dependientes de la misma, previa autorización por el Consejo de Gobierno cuando la cuantía de
la convocatoria supere los 900.000 euros.
En la presente resolución se recogen las disposiciones contenidas en las Leyes 4/2022, de 27
de julio, de racionalización y simplificación administrativa de Extremadura y 5/2022, de 25 de
noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía
y para la prestación útil de los servicios públicos, que afectan a los procedimientos administrativos que rigen la concesión de subvenciones.