Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Economía Social. Subvenciones. (2023060894)
Resolución de 10 de marzo de 2023, de la Secretaría General, de convocatoria de los Programas I y II de subvenciones para el Plan de impulso de las entidades de economía social de Extremadura para el ejercicio 2023.
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Lunes 20 de marzo de 2023

su artículo 13.8, que el ejercicio de competencias en materia de sociedades cooperativas y
sociedades laborales corresponde, bajo la superior dirección de la persona titular de la Consejería y la coordinación de la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural, a la Dirección
General de Cooperativas y Economía Social.
De conformidad con el procedimiento de los capítulos I y II del Título II de la Ley 6/2011, de
23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en aplicación de
su artículo 29.2, así como lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto 38/2022, de 12 de abril,
de bases reguladoras de subvenciones para el Plan de Impulso de las Entidades de Economía
Social de Extremadura y primera convocatoria para el ejercicio 2022, la competencia para
dictar la Resolución de convocatoria corresponderá a la Secretaria General de la Consejería
de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio.
En virtud de lo expuesto y de la competencia que me atribuye el artículo 23.1 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
Primero. Objeto y bases reguladoras.
1. L
 a presente resolución tiene por objeto realizar la convocatoria de los Programas I “Inversiones” y II “Asistencia técnica profesional” de las subvenciones para el Plan de impulso de
las entidades de la economía social en Extremadura, con la finalidad de modernizar sus estructuras técnicas y administrativas, para el ejercicio 2023. A tales efectos se contemplan
los siguientes programas:
A. Programa I: Inversiones: Serán subvencionables las inversiones en las oficinas o en las
dependencias destinadas a atención al público, consistentes en la realización de obras
de mejora, instalaciones técnicas, mobiliarios y equipos o programas informáticos.
Se subvencionará el 50% de la inversión, sin IVA, con una subvención máxima de
5.000,00 euros.
B. P
 rograma II: Asistencia técnica profesional.
B.1. Línea 1: Consultoría para modernización: Será subvencionable la contratación de
servicios externos de consultoría para la elaboración del Plan de Igualdad o la obtención de sellos de calidad, con la finalidad la modernización de las estructuras de
la entidad para alcanzar objetivos de igualdad y de calidad.


En este caso se subvencionará el 100% de la inversión, sin IVA, con una cuantía
máxima de 1.000,00 euros.