Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060810)
Resolución de 6 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital y FEVAL-Gestión de Servicios, SLU, por el que se formaliza una transferencia específica destinada a financiar la realización del proyecto "4032 FEVAL Gestión de Servicios, SLU, Desarrollo de Proyectos TIC" en el primer semestre del ejercicio 2023.
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NÚMERO 53
Viernes 17 de marzo de 2023
16739
ANEXO III
INSTRUCCIONES DE JUSTIFICACIÓN
La Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma
de Extremadura para el año 2023, contempla en el anexo de proyectos de gastos de la Sección 14 “Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital”, en el Servicio 14011 “Dirección
General de Agenda Digital” y en el programa 332A “Tecnologías de la Información y las Comunicaciones” se contempla una transferencia específica a favor de FEVAL-Gestión de Servicios,
SLU, para financiar la ejecución del proyecto “4032 FEVAL GESTIÓN DE SERVICIOS, SLU,
DESARROLLO DE PROYECTOS TIC”.
Los gastos derivados de la ejeción de esta transferencia específica deberán estar referidos al
período comprendido entre el 1 de enero y el 30 de junio, correspondiente al primer semestre
del ejercicio 2023.
Sobre la base de lo anteriormente expuesto, y con el objeto de proporcionar una mayor evidencia, seguimiento y verificación de la cuenta justificativa, cuya documentación debe ser objeto
del necesario análisis y auditoría por la Administración Regional y siendo, asimismo, preciso
concretar aspectos tales como el modo de presentación de dicha cuenta justificativa, la memoria de actividades, las actuaciones, eventos o congresos, los recursos humanos y materiales,
cuantificados económicamente, la documentación en ficheros electrónicos y el cumplimiento
de los requisitos de identificación, información y publicidad, tanto de la Junta de Extremadura
como de la Comisión Europea, a tal efecto se establecen las presentes instrucciones de pautas
que, con precisión y sistematización, serán de obligado cumplimiento para la entidad.
Primero. Justificación de los gastos y pagos realizados por la entidad.
Toda la documentación original justificativa (facturas, nóminas, TC de la Seguridad Social,
acreditaciones de pago y demás documentación que resulte exigible de conformidad con la
normativa aplicable) de los gastos y pagos realizados deberá ser recabada y se deberá indicar
el porcentaje de imputación del gasto al proyecto subvencionado y la financiación mediante
Fondos FEDER y/o FSE. En caso de imputación parcial, la misma deberá estar fijada previamente a la ejecución del gasto y constar suficientemente motivada en los documentos correspondientes del procedimiento de adquisición propio de FEVAL-Gestión de Servicios, SLU,
y será custodiada debidamente ordenada, clasificada y accesible, a la entera disponibilidad
de cualquiera de las Administración Públicas con competencias en materia de seguimiento,
control y justificación. Será obligación por parte de la empresa pública la conservación de la
documentación durante un plazo mínimo de 3 años.
Viernes 17 de marzo de 2023
16739
ANEXO III
INSTRUCCIONES DE JUSTIFICACIÓN
La Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma
de Extremadura para el año 2023, contempla en el anexo de proyectos de gastos de la Sección 14 “Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital”, en el Servicio 14011 “Dirección
General de Agenda Digital” y en el programa 332A “Tecnologías de la Información y las Comunicaciones” se contempla una transferencia específica a favor de FEVAL-Gestión de Servicios,
SLU, para financiar la ejecución del proyecto “4032 FEVAL GESTIÓN DE SERVICIOS, SLU,
DESARROLLO DE PROYECTOS TIC”.
Los gastos derivados de la ejeción de esta transferencia específica deberán estar referidos al
período comprendido entre el 1 de enero y el 30 de junio, correspondiente al primer semestre
del ejercicio 2023.
Sobre la base de lo anteriormente expuesto, y con el objeto de proporcionar una mayor evidencia, seguimiento y verificación de la cuenta justificativa, cuya documentación debe ser objeto
del necesario análisis y auditoría por la Administración Regional y siendo, asimismo, preciso
concretar aspectos tales como el modo de presentación de dicha cuenta justificativa, la memoria de actividades, las actuaciones, eventos o congresos, los recursos humanos y materiales,
cuantificados económicamente, la documentación en ficheros electrónicos y el cumplimiento
de los requisitos de identificación, información y publicidad, tanto de la Junta de Extremadura
como de la Comisión Europea, a tal efecto se establecen las presentes instrucciones de pautas
que, con precisión y sistematización, serán de obligado cumplimiento para la entidad.
Primero. Justificación de los gastos y pagos realizados por la entidad.
Toda la documentación original justificativa (facturas, nóminas, TC de la Seguridad Social,
acreditaciones de pago y demás documentación que resulte exigible de conformidad con la
normativa aplicable) de los gastos y pagos realizados deberá ser recabada y se deberá indicar
el porcentaje de imputación del gasto al proyecto subvencionado y la financiación mediante
Fondos FEDER y/o FSE. En caso de imputación parcial, la misma deberá estar fijada previamente a la ejecución del gasto y constar suficientemente motivada en los documentos correspondientes del procedimiento de adquisición propio de FEVAL-Gestión de Servicios, SLU,
y será custodiada debidamente ordenada, clasificada y accesible, a la entera disponibilidad
de cualquiera de las Administración Públicas con competencias en materia de seguimiento,
control y justificación. Será obligación por parte de la empresa pública la conservación de la
documentación durante un plazo mínimo de 3 años.