Universidad De Extremadura. Procesos Selectivos. Concurso De Méritos. (2023060902)
Resolución de 10 de marzo de 2023, del Rector, por la que se resuelve el concurso de méritos convocado por Resolución de 8 de noviembre de 2022, para la provisión de puesto de trabajo vacante de personal funcionario de Administración y Servicios (Jefatura de Coordinación de Proyectos).
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NÚMERO 53
Viernes 17 de marzo de 2023

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RESOLUCIÓN de 10 de marzo de 2023, del Rector, por la que se resuelve el
concurso de méritos convocado por Resolución de 8 de noviembre de 2022,
para la provisión de puesto de trabajo vacante de personal funcionario de
Administración y Servicios (Jefatura de Coordinación de Proyectos). (2023060902)
Mediante Resolución de 8 de noviembre de 2022 (DOE núm. 225, de 23 de noviembre), se
procedió a la convocatoria de concurso de méritos para la provisión de puesto de trabajo
vacante de personal funcionario de Administración y Servicios (Jefatura de Coordinación de
Proyectos).
Vista la propuesta formulada por la Comisión establecida para la valoración de los méritos,
este Rectorado, conforme a lo dispuesto en la base novena del concurso, y con arreglo a las
competencias que le atribuye el artículo 93 de los Estatutos de la Universidad de Extremadura
(Decreto 65/2003, de 8 de mayo),
RESUELVE:
Primero. Adjudicar el puesto de trabajo convocado, conforme se determina en anexo a esta
resolución.
Segundo. El plazo de posesión del destino obtenido será de tres días hábiles si no implica
cambio de residencia o de diez días hábiles si comporta cambio de residencia, que deberá
justificarse.
El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese, que
deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución
del concurso en el Diario Oficial de Extremadura.
Si la adjudicación del puesto comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de
posesión deberá computarse desde dicha publicación, y será de tres días hábiles, a reserva
de que el reingreso comporte cambio de residencia, en cuyo caso será de diez días hábiles.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente
al de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo correspondiente, de
conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa.
No obstante, los interesados podrán optar por interponer contra esta resolución recurso de
reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dicta, en cuyo caso no cabrá
interponer recurso contencioso-administrativo en tanto recaiga resolución expresa o presunta