Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Notificaciones. (2023080474)
Anuncio de 8 de marzo de 2023 por el que se notifica la propuesta de resolución provisional n.º 1 para los expedientes acogidos a la Resolución de 9 de noviembre de 2020, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de subvenciones para el apoyo a la regeneración en terrenos adehesados de titularidad privada de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
62 páginas totales
Página
NÚMERO 53
Viernes 17 de marzo de 2023

16787

A plicación Presupuestaria 120050000/G/354C/77000/20160234/ FR14040402:
2.200.000 €.
Con fecha 25 de noviembre de 2021, se emite informe de la Comisión de valoración en el que
se incluye el listado ordenado con la puntuación obtenida por cada expediente una vez aplicados los criterios de prioridad establecidos en las bases reguladoras. Este listado se modificó
posteriormente, mediante informes de la Comisión de Valoración de fechas 17 de enero de
2022 y 24 de febrero de 2022.
Finalmente, el artículo 23 del Decreto establece que el órgano instructor, a la vista del expediente y del informe vinculante de la Comisión de Valoración, formulará la propuesta de
resolución provisional, debidamente motivada, que no se apartará del sentido del mismo, y
notificará a los interesados mediante su publicación en el DOE.
Por todo ello, en uso de las facultades legales y reglamentarias conferidas, en particular, en
virtud del artículo 16 del Decreto 51/2017:
PROPONGO:
I. Resolver provisionalmente la aprobación de las solicitudes que se relacionan en el anexo I,
estimando la concesión del importe subvencionable indicado.
II. Resolver provisionalmente la desestimación de las solicitudes que se relacionan en el anexo II, por no existir crédito suficiente para su subvención. Estos expedientes pasarán a
formar parte de la lista de reserva.
Según lo previsto en el artículo 24.3 de las bases reguladoras, podrá acordarse, sin necesidad de una nueva convocatoria, la concesión de la subvención a los solicitantes incluidos en
esta lista de reserva, siguiendo rigurosamente el orden de puntuación establecido, siempre
y cuando se haya liberado crédito suficiente, como consecuencia de la renuncia expresa,
revocación o modificación de la resolución estimatoria de algún beneficiario.
III. Resolver provisionalmente la desestimación de las solicitudes que se relacionan en el anexo III por el incumplimiento de los requisitos exigibles para obtener la condición de beneficiarios establecidos en la normativa reguladora de la subvención, que se concretan en
alguna de las causas de desestimación recogidas en el artículo 22 del Decreto 51/2017.
En el anexo IV se indican las actuaciones que se han excluido para el cálculo del importe
subvencionable por incumplir alguno de los requisitos establecidos en las bases reguladoras.
A los titulares de estos expedientes, los cuales aparecen en los anexos anteriores con un “SÍ”
en la columna de la derecha, podrá requerírseles por escrito la reformulación de su solicitud