Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Notificaciones. (2023080475)
Anuncio de 8 de marzo de 2023 por el que se notifica la propuesta de resolución provisional n.º 1 para los expedientes acogidos a la Resolución de 29 de septiembre de 2020, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de subvenciones para el apoyo a la regeneración en terrenos adehesados de titularidad pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 53

16852

Viernes 17 de marzo de 2023

ANEXO II
SOLICITUDES DE SUBVENCIÓN DESESTIMADAS PROVISIONALMENTE
N.º
Orden

Expediente

CIF/NIF

Puntos

Causa de
Importe (€)
Minoración
desestimación subvencionable*

1

21SB1060016

P0609300I

36,22

2

1693,88

Si

2

21SB1100014

P1019600D

31,28

2

3812,4

Si

3

21SB1060003

P0615900H

0

2y3

0

Si

4

21SB1060027

P0602100J

0

2y3

0

Si

5

21SB1100012

P1001600D

0

2y3

0

Si

6

21SB1100018

P1013000C

0

2, 3 y 9

0

Si

7

21SB1100021

P1014600I

0

2y3

0

Si

8

21SB1100032

P1003300I

0

2y3

0

Si

*E
 ste importe subvencionable se refiere al que resulta de sumar el importe de las actuaciones que cumplen los
requisitos establecidos en las bases reguladoras, si bien para estos expedientes se propone su desestimación por
alguna de las causas indicadas.

Causas de desestimación:
1. La solicitud no se ha presentado dentro de plazo.
2. E
 l importe subvencionable solicitado no alcanza el mínimo de 5.000 € o supera el máximo
de 40.000 €.
3. La solicitud no alcanza la puntuación mínima establecida en la convocatoria.
4. El solicitante no está dentro de los permitidos.
a) E
 l solicitante está en uno de los supuestos de exclusión establecido en el artículo 3.2 del
Decreto 51/2017.
b) El solicitante es beneficiario de una subvención regulada por el Decreto 9/2018.
5. Existe Acta previa de inicio desfavorable.
6. E
 l solicitante se encuentra en el supuesto de exclusión establecido en el artículo 25.5 del
Decreto 51/2017.
7. El solicitante no está al corriente de obligaciones tributarias con Hacienda estatal.
8. El solicitante no está al corriente de obligaciones tributarias con Hacienda autonómica.
9. El solicitante no está al corriente de obligaciones con la Seguridad Social.