Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060675)
Resolución de 24 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual en el sistema educativo entre la Consejería de Educación y Empleo y Plena Inclusión Montijo, para el ciclo formativo de Grado Medio en Atención a Personas en Situaciones de Dependencia del IES M.ª Josefa Baraínca de Valdelacalzada.
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NÚMERO 51
Miércoles 15 de marzo de 2023

15956

CONVENIO PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS FORMATIVOS DE
FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL EN EL SISTEMA EDUCATIVO ENTRE LA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO Y PLENA INCLUSIÓN MONTIJO,
PARA EL CICLO FORMATIVO DE GRADO MEDIO EN ATENCIÓN A PERSONAS
EN SITUACIONES DE DEPENDENCIA DEL IES M.ª JOSEFA BARAÍNCA DE
VALDELACALZADA.
Mérida, 10 de enero de 2023.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. Secretario General de la Consejería de Educación y Empleo de la
Junta de Extremadura, don Rubén Rubio Polo, cargo para el que fue nombrado por Decreto
151/2015, de 10 de julio (DOE núm. 1 (extra) de 11 de julio), en virtud de la delegación efectuada mediante Resolución de 13 de noviembre de 2019, de la Consejera (DOE núm. 223, de
19 de noviembre), en representación de la Consejería de Educación y Empleo.
Y de otra, Plena Inclusión Montijo, con CIF G06013809 y domicilio en Calle Carlos I n.º
9, CP 06480 Montijo, Badajoz, con teléfono de contacto ____________, correo electrónico
___________ y doña María Luz Pastor Villegas, como Presidenta y representante de la misma.
Las partes reconocen capacidad y legitimidad para convenir, a cuyo efecto.
EXPONEN
1. Q
 ue el objetivo del presente Convenio entre las entidades a las que representan para el
desarrollo de un proyecto de Formación Profesional Dual en el sistema educativo.
2. Q
 ue el apartado 1 del artículo 75 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible
insta a las administraciones educativas y laborales a propiciar la colaboración con las empresas y entidades empresariales, en particular a través de la impartición por éstas, de módulos profesionales incluidos en títulos de formación profesional en sus instalaciones para
garantizar que la formación se realice con los equipamientos más actuales [apartado 2.b)].
3. Que el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato
para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la Formación Profesional
Dual, fija en su Título III, bajo la rúbrica Formación Profesional Dual del sistema educativo, el marco para el desarrollo de proyectos de Formación Profesional Dual en el sistema
educativo, con la coparticipación de los centros educativos y las empresas colaboradoras.
4. Que el apartado 1 del artículo 29 del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, establece que los centros educativos autorizados para impartir ciclos formativos de formación