Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Teatro. Ayudas. (2023060848)
Resolución de 2 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se resuelve la concesión de ayudas a la programación de artes escénicas y de música en la Red de Teatros y otros espacios escénicos de Extremadura para el primer procedimiento del ejercicio 2023.
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NÚMERO 51
Miércoles 15 de marzo de 2023

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tos contables de valor probatorio equivalente, y además, para la justificación final:
por importe del total de la aportación de la Consejería y de la entidad beneficiaria.


d) Que todas las actividades desarrolladas en este programa son acordes con el contenido de las bases reguladoras.



e) Que se ha cumplido con las obligaciones de publicidad establecidas.

C) Con independencia del pago del 100% del importe total subvencionado, la entidad beneficiaria deberá presentar, dentro del trimestre siguiente a la fecha de finalización del
período subvencionable:


a) Toda la documentación mencionada en el apartado anterior, que ya incluirá tanto la
aportación de la Consejería como la aportación de la entidad beneficiaria, haciendo
mención asimismo a todos los pagos realizados (anexo V, certificado final 100% de
la resolución de convocatoria).



b) La memoria de la actuación (Informe del Ayuntamiento, anexo II de la resolución de
convocatoria).

En virtud de la disposición adicional cuarta de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de
Hacienda Pública de Extremadura, las entidades beneficiarias estarán exentas de la presentación de garantías por los pagos anticipados que reciban al amparo de estas ayudas.
En todo caso, para proceder a la tramitación de cualquiera de los pagos mencionados con
anterioridad, el beneficiario deberá acreditar en el momento de solicitar el abono de los
mismos, hallarse al corriente en las obligaciones con respecto a la Seguridad Social y Haciendas Estatal y Autonómica.
Séptimo. Las ayudas concedidas serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes
públicos o privados, siempre que la cuantía no supere aisladamente o en concurrencia con
otras ayudas, el coste de la contratación para la que se solicita la subvención.
Octavo. En toda la publicidad que se genere por las actividades objeto de ayuda, deberá
constar en lugar destacado que se trata de un proyecto subvencionado por la Consejería de
Cultura, Turismo y Deportes, de acuerdo con las especificaciones contenidas en el Manual
de Identidad Corporativa de la Junta de Extremadura en vigor, además de la colocación en
un lugar destacado y visible en la fachada del edificio integrado en la Red de Teatros, del
logo “Espacio integrado en la Red de Teatros y espacios escénicos de Extremadura. Junta de
Extremadura”, que será facilitado por la propia Consejería de Cultura, Turismo y Deportes.