Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Enseñanza Universitaria. Becas. (2023060767)
Resolución de 2 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de becas complementarias para estudios de enseñanzas universitarias para la ciudadanía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2022/2023.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 51
Miércoles 15 de marzo de 2023

16012

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CIENCIA Y AGENDA DIGITAL
RESOLUCIÓN de 2 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que
se aprueba la convocatoria de becas complementarias para estudios de
enseñanzas universitarias para la ciudadanía de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, para el curso 2022/2023. (2023060767)
De acuerdo con las prescripciones contenidas en la Orden de15 de junio de 2021, del Consejero de Economía, Ciencia y Agenda Digital, por la que se establecen las bases reguladoras de
la convocatoria de becas complementarias para estudios de enseñanzas universitarias para la
ciudadanía de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 117, de 21 de junio), se
emite la presente resolución en atención a los siguientes,
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. La Comunidad Autónoma de Extremadura tiene competencias de desarrollo normativo y ejecución, entre otras, en materia de educación y enseñanza en toda su extensión,
niveles, grados, modalidades y especialidades de conformidad con el artículo 10.1.4. del Estatuto de Autonomía de Extremadura.
Segundo. La Orden de 15 de junio de 2021 (DOE núm. 117, de 21 de junio) establece las
bases reguladoras de las becas complementarias para estudios de enseñanzas universitarias
para la ciudadanía de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tercero. El Consejo de Gobierno, en sesión celebrada con fecha 1 de marzo de 2023, ha autorizado previamente la presente convocatoria, por superar la cuantía de 900.000 euros, en
virtud de lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 23 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La competencia para aprobar la presente resolución corresponde al Secretario General de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, en razón de las competencias
atribuidas, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. La citada orden de bases reguladoras prevé en su artículo 8 que la convocatoria se
efectuará con carácter periódico en régimen de concurrencia competitiva y será aprobada por
resolución de la Secretaría General de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital.
Tercero. La Ley 4/2022, de 27 de julio, de racionalización y simplificación administrativa
de Extremadura, en su artículo 40.1 prevé, excepcionalmente, que el plazo de resolución y