Universidad De Extremadura. Presupuestos. (2023060846)
Resolución de 2 de marzo de 2023, del Rector, por la que se hace público el presupuesto de la Universidad de Extremadura para el ejercicio económico de 2023.
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NÚMERO 51
Miércoles 15 de marzo de 2023

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UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA - PRESUPUESTOS 2023
8. REQUISITOS ESPECÍFICOS.
R01 = El desempeño del puesto exige encontrarse en posesión de la titulación profesional que acredite poder realizar
actividades en Prevención de Riesgos Laborales, Nivel Intermedio.
R02 = El desempeño del puesto exige encontrarse en posesión certificado oficial de capacitación que habilite para el
desempeño de la Función A, Función B y Función C según el “Real Decreto 53/2013, de 1 de febrero, por el que se
establecen las normas básicas aplicables para la protección de los animales utilizados en experimentación y otros fines
científicos” y la “Orden ECC/566/2015 por la que se establecen los requisitos de capacitación que debe cumplir el personal
que maneje animales utilizados, criados o suministrados con fines de experimentación y otros fines científicos, incluyendo la
docencia”.
Estas funciones tienen la siguiente equivalencia establecida en el derogado Real Decreto 1201/2005, de 10 de octubre,
sobre protección de los animales utilizados para experimentación y otros fines científicos y la Orden ECC/555/2015:


La Categoría A es equivalente a la suma de las Funciones A y B.



La Categoría B es equivalente a la suma de Funciones B y C.

R03 = El desempeño del puesto exige encontrarse en posesión certificado oficial de capacitación que habilite para el
desempeño de la Función A y Función B según el “Real Decreto 53/2013, de 1 de febrero, por el que se establecen las
normas básicas aplicables para la protección de los animales utilizados en experimentación y otros fines científicos” y la
“Orden ECC/566/2015 por la que se establecen los requisitos de capacitación que debe cumplir el personal que maneje
animales utilizados, criados o suministrados con fines de experimentación y otros fines científicos, incluyendo la docencia”.
Estas funciones tienen la siguiente equivalencia establecida en el derogado Real Decreto 1201/2005, de 10 de octubre,
sobre protección de los animales utilizados para experimentación y otros fines científicos y la Orden ECC/555/2015:


La Categoría A es equivalente a la suma de las Funciones A y B.

R04= El desempeño del puesto exige encontrarse en posesión de la titulación profesional que acredite poder realizar
actividades en Prevención de Riesgos Laborales, Nivel Superior, Seguridad en el Trabajo.
9. OBSERVACIONES.
O01 = Puesto de trabajo con funciones de mantenimiento básico en el Centro (tareas eléctricas, fontanería, carpintería de
madera y metálica, en tanto no sea necesario un grado de especialización cualificada).
O02 = Puesto de trabajo con funciones de mantenimiento básico en el Centro (tareas de mantenimiento de medios
audiovisuales, en tanto no sea necesario un grado de especialización cualificada).
O03 = Puesto de trabajo que se adscribe a la Biblioteca Central según se realice la centralización de fondos bibliográficos.
O05 = Puesto de Trabajo afín a aquellos otros cuya adscripción sea el campo de conocimiento BIOMÉDICO.
O06 = Puesto de Trabajo afín a aquellos otros cuya adscripción sea el campo de conocimiento CIENTÍFICO.
O07 = Puesto de Trabajo afín a aquellos otros cuya adscripción sea el campo de conocimiento HUMANÍSTICO.
O08 = Puesto de Trabajo afín a aquellos otros cuya adscripción sea el campo de conocimiento SOCIAL.
O09 = Puesto de Trabajo afín a aquellos otros cuya adscripción sea el campo de conocimiento TÉCNICO.
O11 = Puesto de trabajo configurado como de Jornada Nocturna a efectos presupuestarios. La jornada a realizar por el
titular del mismo es de una jornada de tipo correturno (M, T, NOC).
O12 = Conforme a la Disposición adicional quinta del III Convenio Colectivo “Los trabajadores que se pudieran promocionar
por medio de las convocatorias que se establecieran al efecto, manteniendo el mismo puesto de trabajo que estuvieran
desempeñando, realizarán las funciones atribuidas a la categoría de origen y aquellas que pudieran corresponderles en la
nueva categoría”.