Diputación Provincial De Cáceres. Tributos. (2023ED0005)
Edicto de 28 de febrero de 2023 sobre el Convenio entre el Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria y el Ayuntamiento de Carrascalejo para la delegación de la gestión y recaudación de los tributos locales.
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NÚMERO 51
Miércoles 15 de marzo de 2023



— Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.



— Tasa por la prestación del servicio de abastecimiento de agua a domicilio.

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— Tasa por la prestación del servicio de alcantarillado, tratamiento y depuración de
aguas residuales.


— Canon de Saneamiento.

III) Recaudación en periodo ejecutivo:


— El resto de tributos (tasas, contribuciones especiales e impuestos, recargos exigibles
sobre los impuestos), precios públicos, multas y sanciones y demás ingresos de derecho público que deba percibir el Ayuntamiento.

Asimismo, si en el apartado I del párrafo anterior se ha delegado la gestión tributaria y recaudación del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, se encomienda también en el
OARGT la gestión censal del mismo.
Segunda. Contabilidad.
El OARGT habrá de llevar contabilidad separada, con distinción de concepto, ejercicio y año de
contraído de los créditos, tanto en periodo voluntario como en periodo ejecutivo de cobranza,
para el Ayuntamiento.
Tercera. Contraprestación por la prestación del servicio.
El OARGT, como contraprestación por la prestación de los servicios objeto de este convenio,
percibirá el importe que en cada momento esté fijado en la correspondiente Ordenanza fiscal
reguladora de la Tasa por prestación de servicios de gestión y recaudación de ingresos locales
de los municipios de la provincia de Cáceres, la cual fue publicada en el Boletín Oficial de la
Provincia n.º 192 de fecha 5 de octubre de 2016.
El importe de estos premios y participaciones de los recargos serán retenidos por el Organismo de Recaudación en la liquidación definitiva que efectúe a fin de año.
Cuarta. Cobranza en periodo voluntario.
El Ayuntamiento de Carrascalejo se compromete salvo causa de fuerza mayor, a poner al cobro en periodo voluntario, los padrones de valores de los impuestos municipales de exacción
obligatoria, de estar delegados, en los siguientes periodos: