Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023060833)
Resolución de 6 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de planta de tratamientos físicos de alperujo, cuya promotora es Solasa Lentiscal, SL, en el término municipal de Azuaga.
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NÚMERO 50
Martes 14 de marzo de 2023

15848

Linarejo y/o su zona de policía, será necesaria la previa autorización por el Organismo de
cuenca. Se deberá proceder de igual modo en el caso de que la instalación se dotara de
vallado perimetral y el mismo se instalara en zona de policía. Sobre el consumo de agua
indica que cualquier uso privativo del agua en el ámbito competencial de esta Confederación Hidrográfica deberá estar amparado necesariamente por un derecho al uso de la
misma, de la misma manera se hace una serie de indicaciones de carácter general sobre
vertidos al dominio público hidráulico.
• Con fecha 19 de septiembre de 2022 se recibe informe del Servicio de Conservación de
la Naturaleza y Áreas Protegidas en el que comunica favorablemente la actividad solicitada, ya que no es susceptible de afectar de forma apreciable, directa o indirectamente,
a los lugares incluidos en la Red Natura 2000, y que resulta compatible con los planes
de protección vigentes de las especies presentes, siempre que se cumplan una serie de
medidas preventivas, correctoras y complementarias incluidas en el presente informe.
La actividad solicitada, en su alternativa seleccionada, se localiza fuera de la Red de Áreas
Protegidas de Extremadura. No obstante, se ubica a escasos 2.500 metros de la Zona
de Especial Protección para las Aves (ZEPA) “Campiña Sur y Embalse de Arroyo Conejo”,
declarada por la importante presencia de aves esteparias entre las que destacan el sisón
(Tetrax tetrax), la avutarda (Otis tarda) y el aguilucho cenizo (Circus pygargus).
El/los Instrumento/s de Gestión de aplicación son:


• Plan Director de Red Natura 2000 (anexo II del Decreto 110/2015, de 19 de mayo,
por el que se regula la Red Ecológica Europea Natura 2000 en Extremadura).
Los valores naturales reconocidos en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio
Natural y de la Biodiversidad son:



• Área de campeo y alimentación para aves asociadas a hábitats de pastizal y carácter
estepario: aguilucho cenizo, cernícalo primilla; etc.

• Área de campeo y alimentación de rapaces protegidas presentes en las dehesas y
cerros colindantes: Águila real, águila perdicera, águila imperial; búho real; etc.


• Área de campeo de lince ibérico, con territorios reproductores cercanos a la zona proyectada.



• Hábitat natural protegido: Si bien la parcela en la que se proyectan las actuaciones no
alberga hábitats protegidos inventariados, linda con:



– Dehesas perennifolias de Quercus spp.