Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Instalaciones Deportivas. Subvenciones. (2023060109)
Resolución de 30 de diciembre de 2022, de la Secretaría General, por la que se efectúa la convocatoria correspondiente al año 2023 de las ayudas para la construcción, reforma o equipamiento de instalaciones deportivas municipales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 50
Martes 14 de marzo de 2023

15733

A) Criterio I. Valoración de la entidad solicitante (Entre 0 y 50 puntos).


a. E
 n función del importe de las ayudas que la entidad beneficiaria haya recibido de
la Dirección General de Deportes de la Junta de Extremadura para la construcción,
reforma o equipamiento de instalaciones deportivas durante los últimos cuatro años
naturales anteriores al de la publicación de la convocatoria; entre 0 y 35 puntos. La
puntuación de este apartado se obtendrá aplicando la siguiente fórmula, a excepción
de aquellos municipios cuyo sumatorio de subvenciones anteriores de la Dirección
General de Deportes en los últimos 4 años naturales sea igual o superior a 75.000 €,
en cuyo caso la puntuación será de 0 puntos:



Siendo Pmax la puntuación máxima posible de este apartado (35 puntos) y SSA4
el sumatorio de subvenciones obtenidas por el ayuntamiento en los últimos 4 años
naturales anteriores al de la publicación de la convocatoria.



b. En función del número de habitantes de la entidad solicitante referido al Padrón Mu­
nicipal vigente del año anterior a la convocatoria: de 0 a 15 puntos:



— Municipios de hasta 1.000 habitantes: 15 puntos.



— Municipios de más de 1.000 habitantes y hasta 2.000 habitantes: 12 puntos.



— Municipios de más de 2.000 habitantes y hasta 5.000 habitantes: 9 puntos.



— Municipios de más de 5.000 habitantes y hasta 10.000 habitantes: 6 puntos.



— Municipios de más de 10.000 habitantes y hasta 20.000 habitantes: 3 puntos.



— Municipios de más de 20.000 habitantes: 0 puntos.

B) Criterio II. Valoración de la actuación (entre 0 y 50 puntos).


a. Dotación de mínimos. Según parámetros marcados por el Consejo Superior de De­
portes, relacionados con los habitantes, la tipología del espacio deportivo y un co­
eficiente climático predeterminado, cada municipio o entidad local menor debería
contar con un mínimo de superficie destinada a cada tipo de espacio deportivo: entre
0 y 20 puntos.



— Dotación Mínima = Hab. X Coeficiente climático.