Diputación Provincial De Cáceres. Tributos. (2023ED0003)
Edicto de 28 de febrero de 2023 sobre el Convenio entre el Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria y el Ayuntamiento de Millanes para la delegación de la gestión y recaudación de los tributos locales.
10 páginas totales
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NÚMERO 50
15910
Martes 14 de marzo de 2023
II
Por su parte, la Diputación Provincial de Cáceres a través del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria, en adelante OARGT, tiene a su vez la competencia que específicamente le atribuye el artículo 36.1-b de la citada ley, de asistencia y cooperación jurídica,
económica y técnica a los ayuntamientos, a través de los correspondientes convenios administrativos.
III
Y para dar efectividad a la voluntad de las corporaciones respectivas, las dos partes establecen el presente convenio que se regirá por las siguientes,
ESTIPULACIONES:
Primera. Contenido y exclusividad de las funciones delegadas.
El Ayuntamiento de Millanes delega en el OARGT de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, la gestión tributaria y la recaudación de sus tributos locales conforme a lo siguiente:
I) Gestión tributaria y recaudación:
— Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
— Impuesto sobre Actividades Económicas.
— Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
— Tasa de Alcantarillado.
— Tasa de abastecimiento domiciliario de Agua potable.
— Tasa de Basura.
— Tasa de Pastos.
II) Recaudación en periodo voluntario y ejecutivo:
— Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
— Impuesto sobre Actividades Económicas.
— Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
— Tasa de Alcantarillado.
— Tasa de abastecimiento domiciliario de Agua potable.
— Tasa de Basura.
— Tasa de Pastos.
15910
Martes 14 de marzo de 2023
II
Por su parte, la Diputación Provincial de Cáceres a través del Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria, en adelante OARGT, tiene a su vez la competencia que específicamente le atribuye el artículo 36.1-b de la citada ley, de asistencia y cooperación jurídica,
económica y técnica a los ayuntamientos, a través de los correspondientes convenios administrativos.
III
Y para dar efectividad a la voluntad de las corporaciones respectivas, las dos partes establecen el presente convenio que se regirá por las siguientes,
ESTIPULACIONES:
Primera. Contenido y exclusividad de las funciones delegadas.
El Ayuntamiento de Millanes delega en el OARGT de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, la gestión tributaria y la recaudación de sus tributos locales conforme a lo siguiente:
I) Gestión tributaria y recaudación:
— Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
— Impuesto sobre Actividades Económicas.
— Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
— Tasa de Alcantarillado.
— Tasa de abastecimiento domiciliario de Agua potable.
— Tasa de Basura.
— Tasa de Pastos.
II) Recaudación en periodo voluntario y ejecutivo:
— Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
— Impuesto sobre Actividades Económicas.
— Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
— Tasa de Alcantarillado.
— Tasa de abastecimiento domiciliario de Agua potable.
— Tasa de Basura.
— Tasa de Pastos.