Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Información Pública. Expropiaciones. (2023080416)
Anuncio de 1 de marzo de 2023 por el que se somete a información pública la petición de autorización administrativa previa y reconocimiento, en concreto, de la utilidad pública de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Reforma de un tramo de la LAMT, de 20 kV, 3515-03-"Navalmoral" de la ST "Almaraz", entre los apoyos 2115 y 2140 de la misma (derivación a CT "Espadañal" n.º 140500160), en el término municipal de Navalmoral de la Mata (Cáceres)". Expte.: AT-9482.
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NÚMERO 50
Martes 14 de marzo de 2023

15894

— Tipo de conductor subterráneo: HEPRZ1 12/20 kV 3x(1x240) mm2.
— Emplazamiento de la línea: Parcelas públicas y privadas en el término municipal de Navalmoral de la Mata (polígono 11 – parcelas 3, 5, 17, 18 y 27).
Apoyos:
— Tipo: Metálicos de celosía y de hormigón.
— N.º de apoyos nuevos a instalar: 11 metálicos y 8 de hormigón.
— Se mantienen los apoyos metálicos existentes n.º 2115 y 2140.
— Tipo de crucetas: rectas del tipo "RC3T" y "RC2S" y del tipo bóvedas del tipo "CBCA2270" y "CBTA-HV2".
— Aislamiento: Cadenas de aisladores de composite U70YB30P y U70YB30P AL con bastón
largo.
Otras actuaciones:
— Desmontaje del tramo existente de la línea objeto de reforma entre los apoyos indicados
2115 y 2140, en una longitud de 2,629 km, así como los apoyos intermedios existentes
(del 2116 al 2139).
6. Evaluación de impacto ambiental: El proyecto, por sus características, está sometido a
evaluación de impacto ambiental abreviada.
7. Resolución del procedimiento: De conformidad con lo establecido en el Decreto 221/2012,
de 9 de noviembre, sobre determinación de los medios de publicación de anuncios de información pública y resoluciones y de los órganos competentes para la resolución de determinados procedimientos administrativos en los sectores energético y de hidrocarburos,
pondrá fin al procedimiento la resolución del Servicio de Ordenación Industrial, Energética
y Minera.
8. Tipo de bienes y derechos afectados: Bienes y derechos de titularidad privada y pública.
La declaración de utilidad pública llevará implícita la necesidad de ocupación de los bienes
o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos
del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Asimismo, se publica la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados por el proyecto, de acuerdo con la información y documentación aportada por el
peticionario, que se recoge en el anexo del presente anuncio.