Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Política Agraria Comunitaria. (2023060829)
Resolución de 7 de marzo de 2023, por la que se modifica la Resolución de 27 de febrero de 2023, de la Secretaría General por la que se convocan, para la campaña 2023/2024, los pagos directos asociados, ayuda básica a la renta para la sostenibilidad, la ayuda complementaria a la renta para la sostenibilidad, la ayuda complementaria a la renta para jóvenes agricultores y jóvenes agricultoras y regímenes en favor del clima y de medio ambiente (eco-regímenes), los pagos directos asociados a las personas agricultoras y a las personas ganaderas, los pagos establecidos en función del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad Autónoma de Extremadura y las ayudas y pago de primera anualidad de determinadas intervenciones recogidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027.
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NÚMERO 48
Viernes 10 de marzo de 2023
14827
nimiento, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y la Orden de 28 de septiembre
de 2018 por la que se convocan subvenciones destinadas a la implantación de sistemas
agroforestales y su mantenimiento, en terrenos de titularidad privada en la Comunidad
Autónoma de Extremadura (DOE n.º 224, de 19 de noviembre de 2018) y Orden de 20 de
febrero de 2023 por la que se regulan las especialidades de la solicitud única de ayudas en
la Comunidad Autónoma de Extremadura y de los procedimientos derivados de la ayuda
básica a la renta para la sostenibilidad, otros pagos directos a la agricultura, la aplicación
del Programa de Desarrollo Rural, la actualización de los Registros de Explotaciones Agrarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de Operadores-Productores integrados,
General de la producción agrícola de ámbito nacional y de Operadores Titulares de Fincas
Agropecuarias de Producción Ecológica (corrección de errores DOE n.º 43, de 3 de marzo
de 2023)”.
Segundo. Se modifica el resuelvo segundo “Personas beneficiarias”, introduciéndose un nuevo apartado en su punto 1.
“Del pago de las primas de mantenimiento a la implantación de sistemas agroforestales,
las personas beneficiarias de subvención para la implantación de sistemas agroforestales
que, una vez efectuada y comunicada la implantación del sistema, hayan realizado las labores de mantenimiento en la campaña de 15 de junio de 2022 al 15 de marzo de 2023 y
mantengan los compromisos exigibles, como consecuencia de la aplicación del Reglamento
(UE) n.º 1305/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013,
relativo a la ayuda al desarrollo rural, a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo
Rural (FEADER) y el correspondiente decreto autonómico”.
Tercero. Se modifica el resuelvo tercero “Plazo de presentación de la solicitud, documentación y forma”, mediante la inclusión de un nuevo apartado 7, además de la consiguiente
renumeración de los sucesivos apartados, quedando redactado en los siguientes términos:
“7. Solicitudes de pago de primas de mantenimiento para la implantación de sistemas
agroforestales, relativas a la convocatoria realizada por Orden de 28 de septiembre de
2018, conforme al Decreto 9/2018, de 30 de enero, por el que se regula el régimen de
subvenciones destinadas a la implantación de sistemas agroforestales, y su mantenimiento, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La documentación que se deberá presentar al servicio gestor, antes del 31 de mayo de la
anualidad en curso, para la tramitación de las solicitudes será la siguiente:
a) Informe técnico en el que se relacionen los trabajos de mantenimiento ejecutados
firmado por técnico competente.
Viernes 10 de marzo de 2023
14827
nimiento, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y la Orden de 28 de septiembre
de 2018 por la que se convocan subvenciones destinadas a la implantación de sistemas
agroforestales y su mantenimiento, en terrenos de titularidad privada en la Comunidad
Autónoma de Extremadura (DOE n.º 224, de 19 de noviembre de 2018) y Orden de 20 de
febrero de 2023 por la que se regulan las especialidades de la solicitud única de ayudas en
la Comunidad Autónoma de Extremadura y de los procedimientos derivados de la ayuda
básica a la renta para la sostenibilidad, otros pagos directos a la agricultura, la aplicación
del Programa de Desarrollo Rural, la actualización de los Registros de Explotaciones Agrarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de Operadores-Productores integrados,
General de la producción agrícola de ámbito nacional y de Operadores Titulares de Fincas
Agropecuarias de Producción Ecológica (corrección de errores DOE n.º 43, de 3 de marzo
de 2023)”.
Segundo. Se modifica el resuelvo segundo “Personas beneficiarias”, introduciéndose un nuevo apartado en su punto 1.
“Del pago de las primas de mantenimiento a la implantación de sistemas agroforestales,
las personas beneficiarias de subvención para la implantación de sistemas agroforestales
que, una vez efectuada y comunicada la implantación del sistema, hayan realizado las labores de mantenimiento en la campaña de 15 de junio de 2022 al 15 de marzo de 2023 y
mantengan los compromisos exigibles, como consecuencia de la aplicación del Reglamento
(UE) n.º 1305/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013,
relativo a la ayuda al desarrollo rural, a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo
Rural (FEADER) y el correspondiente decreto autonómico”.
Tercero. Se modifica el resuelvo tercero “Plazo de presentación de la solicitud, documentación y forma”, mediante la inclusión de un nuevo apartado 7, además de la consiguiente
renumeración de los sucesivos apartados, quedando redactado en los siguientes términos:
“7. Solicitudes de pago de primas de mantenimiento para la implantación de sistemas
agroforestales, relativas a la convocatoria realizada por Orden de 28 de septiembre de
2018, conforme al Decreto 9/2018, de 30 de enero, por el que se regula el régimen de
subvenciones destinadas a la implantación de sistemas agroforestales, y su mantenimiento, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La documentación que se deberá presentar al servicio gestor, antes del 31 de mayo de la
anualidad en curso, para la tramitación de las solicitudes será la siguiente:
a) Informe técnico en el que se relacionen los trabajos de mantenimiento ejecutados
firmado por técnico competente.