Servicio Extremeño Público De Empleo. Información Pública. (2023060812)
Resolución de 6 de marzo de 2023, de la Secretaría General de Empleo, por la que se acuerda de forma conjunta la apertura de la fase de consulta pública previa, de un plazo de presentación de sugerencias, así como un periodo de audiencia e información pública en relación con el proyecto de Decreto por el que se modifican los Decretos 78/2021, de 30 de junio y 84/2021, de 7 de julio, por los que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los programas Crisol-Formación y Colaborativo Rural.
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NÚMERO 48
Viernes 10 de marzo de 2023
15128
RESOLUCIÓN de 6 de marzo de 2023, de la Secretaría General de Empleo,
por la que se acuerda de forma conjunta la apertura de la fase de consulta
pública previa, de un plazo de presentación de sugerencias, así como un
periodo de audiencia e información pública en relación con el proyecto de
Decreto por el que se modifican los Decretos 78/2021, de 30 de junio y
84/2021, de 7 de julio, por los que se aprueban las bases reguladoras de
concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los programas
Crisol-Formación y Colaborativo Rural. (2023060812)
De conformidad con lo previsto en el artículo 24 del Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de
medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, las bases reguladoras de las subvenciones financiables con fondos europeos se aprobarán por decreto del Consejo de Gobierno y el
procedimiento se tramitará por la vía de urgencia, efectuándose conjuntamente los trámites
de consulta, audiencia e información pública para recabar la opinión o sugerencias de las entidades o ciudadanos que pudieran resultar interesados del proyecto de decreto en el Portal
de la Transparencia de la Junta de Extremadura.
Por lo tanto, procede evacuar los trámites previstos en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la
que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:
1. Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
2. La necesidad y oportunidad de su aprobación.
3. Los objetivos de la norma.
4. Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
Por otro lado, procede también dar cumplimiento a los trámites previstos en los artículos 7
y 40 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura y en el artículo
66.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
En cumplimiento de las citadas normas,
RESUELVO:
Primero. La apertura de un plazo común de siete días naturales a contar desde la publicación
del proyecto de Decreto en el Portal de la Transparencia de la Junta de Extremadura a fin de
Viernes 10 de marzo de 2023
15128
RESOLUCIÓN de 6 de marzo de 2023, de la Secretaría General de Empleo,
por la que se acuerda de forma conjunta la apertura de la fase de consulta
pública previa, de un plazo de presentación de sugerencias, así como un
periodo de audiencia e información pública en relación con el proyecto de
Decreto por el que se modifican los Decretos 78/2021, de 30 de junio y
84/2021, de 7 de julio, por los que se aprueban las bases reguladoras de
concesión de subvenciones destinadas a la financiación de los programas
Crisol-Formación y Colaborativo Rural. (2023060812)
De conformidad con lo previsto en el artículo 24 del Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de
medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, las bases reguladoras de las subvenciones financiables con fondos europeos se aprobarán por decreto del Consejo de Gobierno y el
procedimiento se tramitará por la vía de urgencia, efectuándose conjuntamente los trámites
de consulta, audiencia e información pública para recabar la opinión o sugerencias de las entidades o ciudadanos que pudieran resultar interesados del proyecto de decreto en el Portal
de la Transparencia de la Junta de Extremadura.
Por lo tanto, procede evacuar los trámites previstos en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la
que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:
1. Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
2. La necesidad y oportunidad de su aprobación.
3. Los objetivos de la norma.
4. Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.
Por otro lado, procede también dar cumplimiento a los trámites previstos en los artículos 7
y 40 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura y en el artículo
66.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
En cumplimiento de las citadas normas,
RESUELVO:
Primero. La apertura de un plazo común de siete días naturales a contar desde la publicación
del proyecto de Decreto en el Portal de la Transparencia de la Junta de Extremadura a fin de