Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060775)
Resolución de 3 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Actuaciones forestales en una superficie de 184,71 ha en la finca La Junta de los Arroyos", en el término municipal de Hornachos (Badajoz). Expte.: IA20/1546.
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NÚMERO 48
Viernes 10 de marzo de 2023
15040
— Consumo de agua: Según la documentación aportada, la actuación que se informa
no requiere agua para su funcionamiento.
— Vertidos al DPH: La actuación no conlleva vertidos al DPH del Estado.
6. C
on fecha 23 de marzo de 2022, el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas
Protegidas, emite informe de afección a la Red Natura 2000 con la consideración de informe de evaluación de las repercusiones que pueda producir un determinado proyecto,
actuación, plan o programa directa o indirectamente sobre uno o varios espacios de
la Red Natura 2000, y en concreto sobre los hábitats o especies que hayan motivado
su designación o declaración, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 6 de la Directiva
92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, y en base al Decreto 110/2015, de 19 de
mayo, por el que se regula la Red Ecológica Europea Natura 2000 en Extremadura, e
informe de afección a biodiversidad, como valoración ambiental de proyectos, actividades, planes y programas en lo relativo a especies protegidas y hábitats protegidos fuera
de la Red de Áreas Protegidas de Extremadura, conforme a lo establecido en los Planes
de Recuperación, Conservación del Hábitat y Conservación de determinadas especies
de flora y fauna vigentes en la Comunidad Autónoma de Extremadura, a lo establecido
en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad,
y atendiendo a los objetivos de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de
1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres
y en la Directiva 2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, relativa a la conservación de las aves silvestres. emitido por la Dirección
General de Sostenibilidad (CN21/7047/22), en el que se indica que la actividad solicitada no se encuentra incluida dentro de la Red de Áreas Protegidas de Extremadura,
incluyendo los valores naturales existentes y realizando un análisis y valoración ambiental, finaliza informando favorablemente la actividad solicitada, ya que no es susceptible
de afectar de forma apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura 2000, siempre
que se cumplan una serie de medidas, las cuales han sido incorporadas a la presente
declaración de impacto ambiental.
El contenido de estos informes ha sido considerado en el análisis técnico del expediente a
la hora de formular la presente declaración de impacto ambiental.
El tratamiento de la promotora a los mismos se ha integrado en el apartado C. “Resumen
del análisis técnico del expediente” de esta declaración de impacto ambiental.
B.3. Trámite de consultas a las personas interesadas.
Viernes 10 de marzo de 2023
15040
— Consumo de agua: Según la documentación aportada, la actuación que se informa
no requiere agua para su funcionamiento.
— Vertidos al DPH: La actuación no conlleva vertidos al DPH del Estado.
6. C
on fecha 23 de marzo de 2022, el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas
Protegidas, emite informe de afección a la Red Natura 2000 con la consideración de informe de evaluación de las repercusiones que pueda producir un determinado proyecto,
actuación, plan o programa directa o indirectamente sobre uno o varios espacios de
la Red Natura 2000, y en concreto sobre los hábitats o especies que hayan motivado
su designación o declaración, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 6 de la Directiva
92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres, y en base al Decreto 110/2015, de 19 de
mayo, por el que se regula la Red Ecológica Europea Natura 2000 en Extremadura, e
informe de afección a biodiversidad, como valoración ambiental de proyectos, actividades, planes y programas en lo relativo a especies protegidas y hábitats protegidos fuera
de la Red de Áreas Protegidas de Extremadura, conforme a lo establecido en los Planes
de Recuperación, Conservación del Hábitat y Conservación de determinadas especies
de flora y fauna vigentes en la Comunidad Autónoma de Extremadura, a lo establecido
en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad,
y atendiendo a los objetivos de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de
1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres
y en la Directiva 2009/147/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de noviembre de 2009, relativa a la conservación de las aves silvestres. emitido por la Dirección
General de Sostenibilidad (CN21/7047/22), en el que se indica que la actividad solicitada no se encuentra incluida dentro de la Red de Áreas Protegidas de Extremadura,
incluyendo los valores naturales existentes y realizando un análisis y valoración ambiental, finaliza informando favorablemente la actividad solicitada, ya que no es susceptible
de afectar de forma apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura 2000, siempre
que se cumplan una serie de medidas, las cuales han sido incorporadas a la presente
declaración de impacto ambiental.
El contenido de estos informes ha sido considerado en el análisis técnico del expediente a
la hora de formular la presente declaración de impacto ambiental.
El tratamiento de la promotora a los mismos se ha integrado en el apartado C. “Resumen
del análisis técnico del expediente” de esta declaración de impacto ambiental.
B.3. Trámite de consultas a las personas interesadas.