Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Federaciones Deportivas. (2023060807)
Resolución de 23 de febrero de 2023, de la Dirección General de Deportes, por la que se aprueba la modificación del Reglamento del Comité Técnico de Árbitros de la Federación Extremeña de Ajedrez, se acuerda su inscripción en el Registro General de Entidades Deportivas de Extremadura y su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 48
Viernes 10 de marzo de 2023

14937

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTES
RESOLUCIÓN de 23 de febrero de 2023, de la Dirección General de Deportes,
por la que se aprueba la modificación del Reglamento del Comité Técnico de
Árbitros de la Federación Extremeña de Ajedrez, se acuerda su inscripción en
el Registro General de Entidades Deportivas de Extremadura y su publicación
en el Diario Oficial de Extremadura. (2023060807)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha de 2 de febrero de 2023, D. Pedro Guerrero Arroyo, en representación de
la Federación Extremeña de Ajedrez, presentó solicitud ante la Dirección General de Deportes
para la aprobación de la modificación del artículo 20 del Reglamento del Comité Técnico de
Árbitros de dicha Federación, aprobado en la reunión de su Asamblea General Extraordinaria
de 22 de enero de 2023; solicitando, asimismo, su inscripción en el Registro General de Entidades Deportivas de Extremadura y su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
El nuevo texto aprobado para el artículo 20, sustituye al anterior del Reglamento del Comité
Técnico de Árbitros aprobado por Resolución del Director General de Deportes de 29 de noviembre de 2022, (DOE núm. 240, de 16 de diciembre de 2022). El Secretario General de la
Federación Extremeña de Ajedrez certifica el 2 de febrero de 2023 el acuerdo de aprobación,
en Asamblea General Extraordinaria, del nuevo texto para el artículo 20.
Segundo. Se ha constatado el cumplimiento de todos los requisitos que, para la aprobación del Reglamento, inscripción en el Registro y posterior publicación en el Diario Oficial de
Extremadura, exigen la Ley 2/1995, de 6 de abril, y sus disposiciones de desarrollo.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Primero. El artículo 7.g) de la Ley 2/1995, de 6 de abril, del Deporte de Extremadura, atribuye a la Consejería de Educación y Juventud (actualmente Consejería de Cultura, Turismo y
Deportes) la competencia de “Declarar el reconocimiento o la extinción de las Federaciones
Deportivas de ámbito extremeño y aprobar sus Estatutos, reglamentos y métodos de elaboración de presupuestos y control de su ejecución”.
Segundo. El artículo 12.1 del Decreto 27/1998, de 17 de marzo, por el que se regulan las
Federaciones Deportivas Extremeñas atribuye al Director General de Deportes la aprobación
mediante resolución motivada de las normas reglamentarias y estatutarias y la posterior autorización de la inscripción de las federaciones deportivas en el citado Registro.