Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023060778)
Resolución de 2 de marzo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Sector "Transporte de Mercancías por Carretera de la provincia de Badajoz".
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NÚMERO 48

14870

Viernes 10 de marzo de 2023

ANEXO I
TABLA SALARIAL AÑOS 2020
CATEGORÍA

GRUPO PROFESIONAL

SUELDO BASE/MES

Jefe/a de Tráfico

G I sup. Técnico

832,41 euros

Oficial 1ª y 2ª

GII administración

832,41 euros

Oficial de 1ª de oficios

GIV serv. aux. taller

832,41 euros

Conductor/a mecánico

G III movimiento

832,41 euros

Conductor/a gruista

G III movimiento

832,41 euros

Conductor/a repartidor vehículo de p.m.a. 20 tm

G III movimiento

832,41 euros

Conductor/a

G III movimiento

821,25 euros

Oficial de 2ª de oficios

G IV serv. aux. taller

821,25 euros

Auxiliar administrativo

G II administración

810,07 euros

Auxiliar de almacén

G III movimiento

810,07 euros

Conductor/a repartidor vehículo ligero

G III movimiento

810,07 euros

Guarda

G IV serv. aux

798,89 euros

Ayudante y/o mozo especializado

G III movimiento

798,89 euros

Ordenanza

G IV serv. Aux.

798,89 euros

Auxiliar

G II administración

798,89 euros

El conductor/a gruista percibirá una gratificación consistente en el 10% de su salario.
El conductor/a-repartidor, o que haga de repartidor, percibirá una gratificación consistente en
el 10% de su salario bruto mensual.
Las categorías no expresamente enumeradas percibirán un salario asimilable a los arriba
acordados en función a criterios de proporcionalidad en la responsabilidad y/o funciones de la
categoría que se desempeñe en comparación con las que aquí se enumeran.
Las empresas vendrán obligadas a complementar el salario de las personas trabajadoras
hasta alcanzar el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) fijado en cada uno de los años de
vigencia de este convenio en términos anuales y de acuerdo con las reglas establecidas en la
legislación aplicable a tales efectos.