Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023060792)
Resolución de 2 de marzo de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "UTE Badajoz Sur 3".
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NÚMERO 48
Viernes 10 de marzo de 2023
14890
La Empresa mantendrá una política activa de prevención de riesgos de sus trabajadores/as,
mediante la aplicación y desarrollo de un sistema de gestión para la prevención de riesgos
laborales. Ello comprende fundamentalmente:
a) Evitar los riesgos.
b) Evaluar los riesgos que no pueden ser evitados.
c) Planificar la prevención.
d) Asegurar la eficacia y actualidad del plan de prevención.
e) Organizar el sistema de prevención en la Empresa.
f) Coordinarse con otros empresarios en materia de prevención de riesgos laborales si
procede.
Las obligaciones de las personas trabajadoras en la materia, están contenidas fundamentalmente en el art. 29 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y en el art. 19 del Estatuto
de los Trabajadores. El incumplimiento por los trabajadores/as de las obligaciones en materia
de prevención de riesgos, tendrá la consideración de incumplimiento laboral, a los efectos
previstos en el art. 58.1 del ET.
Al personal afectado por este convenio se le hará entrega de sus correspondientes equipos
de protección individual (EPIS) que deba utilizar con arreglo a lo establecido en la evaluación
de riesgos laborales de su puesto de trabajo. Del mismo modo el trabajador/a deberá utilizar
y cuidar correctamente los equipos de protección individual, e informar de inmediato a su
superior jerárquico directo de cualquier defecto, anomalía o daño apreciado en el equipo, que
a su juicio pueda entrañar una pérdida de su eficacia protectora. Los equipos de protección
individual serán repuestos siempre que sea necesario.
Artículo 27. Ropa de trabajo
La empresa entregará, al iniciarse la actividad de la persona trabajadora en la empresa, y en
base a la estacionalidad de la misma, las siguientes prendas de trabajo:
• Verano: 2 pantalones de verano, 2 polos de manga corta, 1 chaqueta y 1 gorra.
• Invierno: 2 pantalones de invierno, 2 polos de manga larga y 2 polares.
• Anualmente: 1 juego de calzado, 1 gorro y 1 braga.
• Bianualmente: 1 anorak y 1 traje agua.
Viernes 10 de marzo de 2023
14890
La Empresa mantendrá una política activa de prevención de riesgos de sus trabajadores/as,
mediante la aplicación y desarrollo de un sistema de gestión para la prevención de riesgos
laborales. Ello comprende fundamentalmente:
a) Evitar los riesgos.
b) Evaluar los riesgos que no pueden ser evitados.
c) Planificar la prevención.
d) Asegurar la eficacia y actualidad del plan de prevención.
e) Organizar el sistema de prevención en la Empresa.
f) Coordinarse con otros empresarios en materia de prevención de riesgos laborales si
procede.
Las obligaciones de las personas trabajadoras en la materia, están contenidas fundamentalmente en el art. 29 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y en el art. 19 del Estatuto
de los Trabajadores. El incumplimiento por los trabajadores/as de las obligaciones en materia
de prevención de riesgos, tendrá la consideración de incumplimiento laboral, a los efectos
previstos en el art. 58.1 del ET.
Al personal afectado por este convenio se le hará entrega de sus correspondientes equipos
de protección individual (EPIS) que deba utilizar con arreglo a lo establecido en la evaluación
de riesgos laborales de su puesto de trabajo. Del mismo modo el trabajador/a deberá utilizar
y cuidar correctamente los equipos de protección individual, e informar de inmediato a su
superior jerárquico directo de cualquier defecto, anomalía o daño apreciado en el equipo, que
a su juicio pueda entrañar una pérdida de su eficacia protectora. Los equipos de protección
individual serán repuestos siempre que sea necesario.
Artículo 27. Ropa de trabajo
La empresa entregará, al iniciarse la actividad de la persona trabajadora en la empresa, y en
base a la estacionalidad de la misma, las siguientes prendas de trabajo:
• Verano: 2 pantalones de verano, 2 polos de manga corta, 1 chaqueta y 1 gorra.
• Invierno: 2 pantalones de invierno, 2 polos de manga larga y 2 polares.
• Anualmente: 1 juego de calzado, 1 gorro y 1 braga.
• Bianualmente: 1 anorak y 1 traje agua.