Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Investigación. (2023050057)
Orden de 6 de marzo de 2023 por la que se aprueba la convocatoria para la obtención y renovación de la Acreditación de Excelencia Investigadora de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2023.
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NÚMERO 48
Viernes 10 de marzo de 2023

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Artículo 8. Comisión de valoración.
1. Para la evaluación de las solicitudes presentadas y concesión de la AEXI se constituirá una
Comisión de Valoración, la cual emitirá un informe con carácter vinculante para el órgano
instructor, al que dará traslado del mismo, en el que se concretará el resultado de la puntuación total asignada a cada solicitud.
2. La Comisión de Valoración podrá solicitar cuantos informes considere necesarios de universidades o centros de investigación públicos o privados, así como de la Agencia Estatal de
Investigación para la correcta valoración del mismo.
3. La Comisión de Valoración será la encargada de evaluar:
3.1. La adecuación entre el ámbito de investigación por el que se opta a la acreditación y
la actividad científico-tecnológica del personal investigador propuesto para evaluación
de todas las solicitudes presentadas, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado
e) del artículo 4.1 de la presente convocatoria.


Si no existe adecuación entre el ámbito de investigación y la actividad científicotécnica desarrolla se dará trámite de audiencia al interesado, conforme a lo previsto
en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, para que realice las alegaciones oportunas.
Si persiste inadecuación será motivo de desestimación de la solicitud.

3.2. Los méritos curriculares presentados a través del CVN por cada una de las personas
solicitantes, conforme a los criterios establecidos en el artículo 9 del presente decreto.
4. La Comisión estará constituida por los siguientes miembros:
— Actuará como Presidente, la Jefa de Servicio de Recursos de la Investigación Científica
Pública.
— Actuarán como vocales el Jefe de Servicio de Universidad e Investigación, el Jefe de
Servicio de Recursos de la investigación científica empresarial y el Jefe de Sección de la
I+D Pública.
— El cargo de Secretario será desempeñado por el Jefe de Sección designado como vocal.
5. De cada sesión que se celebre, se levantará Acta por parte del Secretario, en la que se
recogerá el resultado de la misma, y que será firmada por éste con el visto bueno del Presidente de la Comisión.