Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060651)
Resolución de 22 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y la Universidad de León para la realización de prácticas externas y/o trabajos de fin de Grado, Máster o Doctorado por parte de estudiantes de la Universidad de León.
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NÚMERO 47
Jueves 9 de marzo de 2023

14548

El encargado designará, si procede, un delegado de protección de datos y comunicará su
identidad y datos de contacto al responsable, la Consejería de Educación y Empleo seria ante
el Servicio de Innovación y Formación del Profesorado a través de
innovacionyformacion@educarex.es; en el caso de la Universidad de León, sería ante el Delegado de Protección de Datos de la ULE, Start Up, SL, a través de la dirección electrónica
dpd@unileon.es.
Duodécima. Jurisdicción.
La Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y la Universidad de León se
comprometen a buscar la resolución de cualquier conflicto o discrepancia que pudiera surgir
en la interpretación o ejecución del presente convenio de manera amistosa, mediante su sometimiento a la Comisión de Seguimiento.
En caso de que no pudiera ser resuelto como antecede, el presente convenio se someterá a
la jurisdicción contencioso-administrativa.
El presente convenio anula y reemplaza cualquier convenio o acuerdo anterior entre las partes
con el mismo objeto y solo podrá ser modificado por un nuevo acuerdo firmado por ambas
partes.
Si alguna de las cláusulas del presente convenio fuere declarada nula o inaplicable, dicha
cláusula se considerará excluida del contrato, sin que implique la nulidad del mismo. En este
caso las partes harán cuanto esté a su alcance para encontrar una solución equivalente que
sea válida y que refleje debidamente sus intenciones.
Los encabezamientos de las distintas cláusulas lo son sólo a efectos informativos, y no afectarán, calificarán o ampliarán la interpretación de este convenio.
Decimotercera. Régimen de permisos.
El régimen de permisos se ajustará a la legislación vigente y, en todo caso, asegurará que los
estudiantes puedan acudir a las pruebas de evaluación que les afecten, así como cumplir con
sus tareas de representación y participación estudiantil.
Decimocuarta. Liquidación.
El cumplimiento y, por ende, la resolución del Convenio dará lugar a la liquidación del mismo
con el objeto de determinar las obligaciones y compromisos de cada una de las partes según
lo estipulado en el artículo 52 de la Ley 40/2015. Si cuando tenga lugar cualquiera de las
causas de resolución del Convenio existen actuaciones en curso de ejecución, las partes, a
propuesta de los responsables de seguimiento del Convenio, podrán acordar la continuación