Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060649)
Resolución de 22 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y el Centro Asociado de la Universidad Nacional de Educación a Distancia en Mérida para el desarrollo de las prácticas académicas de las titulaciones de Grado y Posgrado.
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NÚMERO 47
Jueves 9 de marzo de 2023
14512
por la “Red de Formación Permanente del Profesorado”, siempre que se determine en la correspondiente convocatoria; en especial, en aquellas que habitualmente presentan una alta
demanda de participación, como los cursos a distancia, actividades que incluyan periodos de
inmersión lingüística y las destinadas a la mejora de las competencias en tecnologías, además
de aquellas actividades que fomenten la innovación educativa y de especial relevancia e interés para el profesorado, en general, que pudieran convocarse puntualmente.
Cuarta. Comisión de seguimiento.
Con objeto de garantizar la ejecución de este convenio y el cumplimiento de sus fines, se
establecerá una comisión de seguimiento presidida por el Director General de Innovación e
Inclusión Educativa o persona en quien delegue, que estará integrada, además, por los siguientes miembros:
— Dos representantes de la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura,
nombrados por el Director General de Innovación e Inclusión Educativa.
— Dos representantes de la UNED de Mérida
Como Secretario/a actuará un funcionario de la Dirección General de Innovación e Inclusión
Educativa.
A sus reuniones podrá asistir, además, el personal técnico que ambas partes consideren oportunos.
Corresponde a esta comisión de seguimiento, la interpretación de las cláusulas del presente
convenio, así como la resolución de cuantas dudas e incidencias pudieran plantearse para su
cumplimiento, ejecución y consecución de sus fines.
El régimen jurídico de esta comisión de seguimiento será el establecido en la Sección 3ª del
Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del
Sector Público, para los órganos colegiados.
Quinta. Marco de actuación.
La UNED de Mérida y la Consejería de Educación y Empleo, a través de la comisión de seguimiento, evaluarán anualmente el desarrollo de las prácticas externas, con el fin de asegurar
la permanente adaptación del mismo a las necesidades del sistema educativo y a la evolución
de la profesión docente.
Las actuaciones litigiosas que surjan en la interpretación y cumplimiento del presente convenio serán resueltas por la Comisión de Seguimiento.
Jueves 9 de marzo de 2023
14512
por la “Red de Formación Permanente del Profesorado”, siempre que se determine en la correspondiente convocatoria; en especial, en aquellas que habitualmente presentan una alta
demanda de participación, como los cursos a distancia, actividades que incluyan periodos de
inmersión lingüística y las destinadas a la mejora de las competencias en tecnologías, además
de aquellas actividades que fomenten la innovación educativa y de especial relevancia e interés para el profesorado, en general, que pudieran convocarse puntualmente.
Cuarta. Comisión de seguimiento.
Con objeto de garantizar la ejecución de este convenio y el cumplimiento de sus fines, se
establecerá una comisión de seguimiento presidida por el Director General de Innovación e
Inclusión Educativa o persona en quien delegue, que estará integrada, además, por los siguientes miembros:
— Dos representantes de la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura,
nombrados por el Director General de Innovación e Inclusión Educativa.
— Dos representantes de la UNED de Mérida
Como Secretario/a actuará un funcionario de la Dirección General de Innovación e Inclusión
Educativa.
A sus reuniones podrá asistir, además, el personal técnico que ambas partes consideren oportunos.
Corresponde a esta comisión de seguimiento, la interpretación de las cláusulas del presente
convenio, así como la resolución de cuantas dudas e incidencias pudieran plantearse para su
cumplimiento, ejecución y consecución de sus fines.
El régimen jurídico de esta comisión de seguimiento será el establecido en la Sección 3ª del
Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del
Sector Público, para los órganos colegiados.
Quinta. Marco de actuación.
La UNED de Mérida y la Consejería de Educación y Empleo, a través de la comisión de seguimiento, evaluarán anualmente el desarrollo de las prácticas externas, con el fin de asegurar
la permanente adaptación del mismo a las necesidades del sistema educativo y a la evolución
de la profesión docente.
Las actuaciones litigiosas que surjan en la interpretación y cumplimiento del presente convenio serán resueltas por la Comisión de Seguimiento.