Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060726)
Resolución de 28 de febrero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula la declaración ambiental estratégica del Plan General Municipal de Casar de Cáceres. Expte.: IA17/1007.
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NÚMERO 46
Miércoles 8 de marzo de 2023



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• Suelo No Urbanizable de Protección Cultural (SNUP-CA). Se incluyen en esta categoría
de suelo los terrenos sometidos a algún régimen especial de protección por la legislación sectorial en función de sus valores arqueológicos o culturales. Comprenden los
yacimientos arqueológicos identificados en la Carta Arqueológica de Extremadura, los
elementos por el órgano competente en materia de patrimonio cultural de la Junta
de Extremadura y los elementos de interés arquitectónico incluidos en el Catálogo de
este plan general municipal, así como los perímetros de protección correspondientes.



• Suelo No Urbanizable de Protección de Infraestructuras y Equipamientos (SNUP-D).
Corresponde esta categoría a las zonas de dominio público y de protección de carreteras, líneas ferroviarias, caminos, líneas eléctricas, instalaciones de abastecimiento,
tratamiento y depuración de aguas, así como a otros equipamientos públicos. Subcategorías:



–S
 uelo No Urbanizable de Protección de Infraestructuras (SNUP-DI). Carreteras,
ferrocarril, caminos y red eléctrica.



–S
 uelo No Urbanizable de Protección de Equipamientos (SNUP-DE). Depuradora de
aguas residuales, centro de interpretación de vías pecuarias, depósito de agua,
subestación eléctrica.

b) Proceso de evaluación del Plan: su tramitación y desarrollo.
El procedimiento de evaluación ambiental estratégica ordinaria del Plan General Municipal
de Casar de Cáceres comenzó cuando el Ayuntamiento de Casar de Cáceres remitió con
fecha 7 de julio de 2017 a la entonces Dirección General de Medio Ambiente, la solicitud de
inicio de la evaluación ambiental estratégica ordinaria del PGM, junto al documento inicial
estratégico y al borrador del plan.
Tal y como prevé, la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, la Dirección General de Sostenibilidad con fecha 19 de julio
de 2017 sometió el borrador del Plan y el documento inicial estratégico a consultas de las
Administraciones públicas afectadas y de las personas interesadas, otorgándoles un plazo
para responder de 45 días hábiles desde su recepción, con objeto de la elaboración del
documento de alcance.
La entonces Dirección General de Medio Ambiente remitió con fecha 13 de noviembre de
2017 al Ayuntamiento de Casar de Cáceres, el documento de alcance para la determinación
del contenido, amplitud y nivel de detalle del Estudio Ambiental Estratégico, el cual tuvo
en cuenta las contestaciones de las Administraciones públicas afectadas y personas interesadas. El documento de alcance incorpora también los criterios ambientales y principios