Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Organizaciones Sindicales. Subvenciones. (2023060713)
Resolución de 28 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de las subvenciones a otorgar a las organizaciones sindicales carentes de la condición de más representativas, correspondiente al ejercicio 2023.
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NÚMERO 45
14156
Martes 7 de marzo de 2023
RESOLUCIÓN de 28 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que
se aprueba la convocatoria de las subvenciones a otorgar a las organizaciones
sindicales carentes de la condición de más representativas, correspondiente
al ejercicio 2023. (2023060713)
Mediante Orden de 15 de mayo de 2020 de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública se aprobaron las bases reguladoras de las subvenciones a
otorgar a las organizaciones sindicales carentes de la condición de más representativas (DOE
número 94, de 18 de mayo).
El artículo 6 de la dicha orden establece que el procedimiento para la concesión de las subvenciones establecidas en la misma, en virtud de lo establecido en el artículo 22.1 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, será
el de concurrencia competitiva mediante convocatoria periódica, regulado en el capítulo II del
título II del referido cuerpo legal.
La publicación de la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 69, de 9 de abril) ha venido a modificar la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en
relación al procedimiento para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia
competitiva el cual se inicia siempre de oficio mediante convocatoria aprobada por resolución
del titular de la secretaria competente o a la que estén adscritos los organismos o entidades
públicas vinculadas o dependiente de las mismas.
De acuerdo con dicha previsión legal y de conformidad con lo establecido en el Decreto del
Presidente 41/2021, de 2 de diciembre, por el que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, la competencia para aprobar la presente convocatoria corresponde a la persona
titular de la Secretaría General de la Consejería competente en materia de Hacienda.
En su virtud de lo expuesto, a efectos de dar cumplimiento al mandato de Ley 6/2011, de 23
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVE:
Primero. Objeto de la convocatoria.
La presente resolución tiene por objeto convocar las subvenciones destinadas a las organizaciones sindicales carentes de la condición de más representativas de conformidad con las
bases reguladoras establecidas en la Orden de 15 de mayo de 2020, de la Vicepresidencia
Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública (DOE número 94, de 18 de mayo).
14156
Martes 7 de marzo de 2023
RESOLUCIÓN de 28 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que
se aprueba la convocatoria de las subvenciones a otorgar a las organizaciones
sindicales carentes de la condición de más representativas, correspondiente
al ejercicio 2023. (2023060713)
Mediante Orden de 15 de mayo de 2020 de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública se aprobaron las bases reguladoras de las subvenciones a
otorgar a las organizaciones sindicales carentes de la condición de más representativas (DOE
número 94, de 18 de mayo).
El artículo 6 de la dicha orden establece que el procedimiento para la concesión de las subvenciones establecidas en la misma, en virtud de lo establecido en el artículo 22.1 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, será
el de concurrencia competitiva mediante convocatoria periódica, regulado en el capítulo II del
título II del referido cuerpo legal.
La publicación de la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 69, de 9 de abril) ha venido a modificar la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en
relación al procedimiento para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia
competitiva el cual se inicia siempre de oficio mediante convocatoria aprobada por resolución
del titular de la secretaria competente o a la que estén adscritos los organismos o entidades
públicas vinculadas o dependiente de las mismas.
De acuerdo con dicha previsión legal y de conformidad con lo establecido en el Decreto del
Presidente 41/2021, de 2 de diciembre, por el que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, la competencia para aprobar la presente convocatoria corresponde a la persona
titular de la Secretaría General de la Consejería competente en materia de Hacienda.
En su virtud de lo expuesto, a efectos de dar cumplimiento al mandato de Ley 6/2011, de 23
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVE:
Primero. Objeto de la convocatoria.
La presente resolución tiene por objeto convocar las subvenciones destinadas a las organizaciones sindicales carentes de la condición de más representativas de conformidad con las
bases reguladoras establecidas en la Orden de 15 de mayo de 2020, de la Vicepresidencia
Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública (DOE número 94, de 18 de mayo).