Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Economía Social. Subvenciones. (2023060686)
Resolución de 24 de febrero de 2023, de la Secretaría General, de convocatoria de subvenciones destinadas a apoyar a Entidades Asociativas de la Economía Social y el Autoempleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2023.
19 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 45
14185
Martes 7 de marzo de 2023
En virtud de lo expuesto y de la competencia que me atribuye el artículo 23.1 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
Primero. Objeto y bases reguladoras.
1. La presente resolución tiene por objeto realizar la convocatoria de subvenciones destinadas
a apoyar el funcionamiento de las entidades asociativas de la economía social y del trabajo
autónomo, como medida de promoción de la economía social y de fomento del autoempleo
en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2023, con la finalidad de
conseguir de forma eficaz el cumplimiento de los fines que les son propios, esto es la defensa y promoción de sus miembros y de la actividad e intereses que representen. A tales
efectos se contemplan dos líneas:
— Línea I: Subvenciones destinadas a apoyar el funcionamiento de las entidades asociativas de la economía social.
— Línea II: Subvenciones destinadas a apoyar el funcionamiento de las entidades asociativas de trabajadores y trabajadoras autónomas.
Las entidades beneficiarias podrán obtener una subvención de hasta 75.000 euros para la
Línea I y de hasta 45.000 euros para la Línea II.
2. Las bases reguladoras de estas subvenciones se establecen en la Orden de 9 de junio de
2021, de bases reguladoras de subvenciones destinadas a apoyar a Entidades Asociativas
de la Economía Social y el Autoempleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE
núm. 112 de 14 de junio).
Segundo. Beneficiarias.
1. P
odrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas las siguientes entidades, siempre
que acrediten su inscripción en los registros competentes señalados en el artículo 3.2 de la
Orden de bases reguladoras con una anterioridad mínima de doce meses a la publicación
de esta convocatoria y que obtengan un mínimo de 4 puntos en aplicación de los criterios
de valoración señalados en el artículo 10 de la Orden de bases reguladoras y en el apartado
séptimo de esta Resolución, sin perjuicio de cumplir el resto de requisitos señalados en el
precitado artículo 3 de la Orden de bases reguladoras:
Para la Línea I, las entidades asociativas de la Comunidad Autónoma de Extremadura
con ámbito de actuación autonómico, integradas en su totalidad por una o varias de las
siguientes clases de entidades: sociedades cooperativas, sociedades laborales, sociedades
14185
Martes 7 de marzo de 2023
En virtud de lo expuesto y de la competencia que me atribuye el artículo 23.1 de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
Primero. Objeto y bases reguladoras.
1. La presente resolución tiene por objeto realizar la convocatoria de subvenciones destinadas
a apoyar el funcionamiento de las entidades asociativas de la economía social y del trabajo
autónomo, como medida de promoción de la economía social y de fomento del autoempleo
en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2023, con la finalidad de
conseguir de forma eficaz el cumplimiento de los fines que les son propios, esto es la defensa y promoción de sus miembros y de la actividad e intereses que representen. A tales
efectos se contemplan dos líneas:
— Línea I: Subvenciones destinadas a apoyar el funcionamiento de las entidades asociativas de la economía social.
— Línea II: Subvenciones destinadas a apoyar el funcionamiento de las entidades asociativas de trabajadores y trabajadoras autónomas.
Las entidades beneficiarias podrán obtener una subvención de hasta 75.000 euros para la
Línea I y de hasta 45.000 euros para la Línea II.
2. Las bases reguladoras de estas subvenciones se establecen en la Orden de 9 de junio de
2021, de bases reguladoras de subvenciones destinadas a apoyar a Entidades Asociativas
de la Economía Social y el Autoempleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE
núm. 112 de 14 de junio).
Segundo. Beneficiarias.
1. P
odrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas las siguientes entidades, siempre
que acrediten su inscripción en los registros competentes señalados en el artículo 3.2 de la
Orden de bases reguladoras con una anterioridad mínima de doce meses a la publicación
de esta convocatoria y que obtengan un mínimo de 4 puntos en aplicación de los criterios
de valoración señalados en el artículo 10 de la Orden de bases reguladoras y en el apartado
séptimo de esta Resolución, sin perjuicio de cumplir el resto de requisitos señalados en el
precitado artículo 3 de la Orden de bases reguladoras:
Para la Línea I, las entidades asociativas de la Comunidad Autónoma de Extremadura
con ámbito de actuación autonómico, integradas en su totalidad por una o varias de las
siguientes clases de entidades: sociedades cooperativas, sociedades laborales, sociedades