Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060718)
Resolución de 1 de marzo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre el Ministerio de Trabajo y Economía Social y la Comunidad Autónoma de Extremadura para la cesión del uso de la aplicación Serpa.
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NÚMERO 45
Martes 7 de marzo de 2023

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prevención que recoja los datos obrantes en los registros de la Comunidad Autónoma de Extremadura y que permita a esta Comunidad Autónoma el acceso a la información y control de
los servicios de prevención.
Segunda. Base de datos general.
1. S
 egún el artículo 28 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, los datos obrantes en los
registros de las autoridades laborales competentes se deben incorporar a una base de
datos general cuya gestión corresponde al Ministerio de Trabajo y Economía Social. En
consecuencia a los órganos competentes de la Comunidad Autónoma de Extremadura les
corresponde la inscripción en su registro de las entidades especializadas que hayan sido
autorizadas como servicios de prevención, así como la incorporación de dichos datos a la
base de datos general, así como vigilar el cumplimiento de las obligaciones de los servicios
de prevención respecto a la comunicación a través del registro de los datos a que están
obligados.
2. I gualmente en cumplimiento del artículo 28 del Real Decreto 39/1997 el Ministerio de Trabajo y Economía Social, desarrolló en su momento la aplicación informática que permitió
la creación de la base de datos general, correspondiéndole en la actualidad su gestión y
mantenimiento.
La configuración de esta base de datos permite que desde cualquiera de las autoridades
laborales pueda realizarse la consulta y darse acceso público a los datos incorporados
a los mismos, así como la puesta a disposición de la memoria anual de los servicios de
prevención.
En todo caso, la variación de la configuración interna del Registro de la Comunidad Autónoma no deberá afectar al formato de intercambio de datos previsto en citada aplicación
informática.
Tercera. Incorporación de los datos a la base general.
1. L
 a Comunidad Autónoma de Extremadura vigilará que los servicios de prevención ajenos
acreditados por ella suministran e incorporan los datos a que están obligados por la normativa vigente en cada momento.
2. L
 a Comunidad Autónoma garantizará, asimismo, que los datos que obran en su Registro
respecto de los servicios de prevención acreditados por ella se mantengan permanentemente actualizados y queden incorporados automáticamente desde su Registro a la base
de datos general.