Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Organizaciones Sindicales. Subvenciones. (2023060742)
Extracto de la Resolución de 28 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a las organizaciones sindicales carentes de la condición de más representativas para el ejercicio 2023.
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NÚMERO 45
Martes 7 de marzo de 2023
14170
EXTRACTO de la Resolución de 28 de febrero de 2023, de la Secretaría General,
por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a las organizaciones
sindicales carentes de la condición de más representativas para el ejercicio
2023. (2023060742)
BDNS(Identif.): 679241
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de las subvenciones a
las organizaciones sindicales con implantación en la Comunidad Autónoma de Extremadura que no ostentan la condición de más representativas correspondiente a la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente DOE.
Primero. Beneficiarios.
Las organizaciones sindicales que habiendo obtenido representación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en las elecciones de miembros de Comités de Empresas,
Delegados de Personal y Juntas de Personal a 31 de diciembre del 2022, no ostentan la condición de más representativas en virtud de lo dispuesto en la Ley 3/2003, de 13 de marzo, de
Participación Institucional de los Agentes Sociales.
Segundo. Objeto.
Ayudas a las organizaciones sindicales con implantación en la Comunidad Autónoma de Extremadura que no ostentan la condición de más representativas para sufragar los gastos
corrientes producidos en la Comunidad Autónoma en que incurran como consecuencia de sus
actividades sindicales, de promoción sociolaboral y formativas de los trabajadores durante el
ejercicio presupuestario en que sea publicada la correspondiente convocatoria.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden de 15 de mayo de 2020 por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar a las organizaciones sindicales carentes de la condición de más representativas
(DOE n.º 94, de 18 de mayo de 2020).
Cuarto. Cuantía.
El crédito máximo disponible para esta convocatoria es de 82.000 euros, financiándose con
cargo a la posición presupuestaria 100010000 G/113A/48000 CAG0000001 20080042 “Otras
Organizaciones Sindicales” recogida en la Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de los Presupues-
Martes 7 de marzo de 2023
14170
EXTRACTO de la Resolución de 28 de febrero de 2023, de la Secretaría General,
por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones a las organizaciones
sindicales carentes de la condición de más representativas para el ejercicio
2023. (2023060742)
BDNS(Identif.): 679241
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de las subvenciones a
las organizaciones sindicales con implantación en la Comunidad Autónoma de Extremadura que no ostentan la condición de más representativas correspondiente a la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente DOE.
Primero. Beneficiarios.
Las organizaciones sindicales que habiendo obtenido representación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en las elecciones de miembros de Comités de Empresas,
Delegados de Personal y Juntas de Personal a 31 de diciembre del 2022, no ostentan la condición de más representativas en virtud de lo dispuesto en la Ley 3/2003, de 13 de marzo, de
Participación Institucional de los Agentes Sociales.
Segundo. Objeto.
Ayudas a las organizaciones sindicales con implantación en la Comunidad Autónoma de Extremadura que no ostentan la condición de más representativas para sufragar los gastos
corrientes producidos en la Comunidad Autónoma en que incurran como consecuencia de sus
actividades sindicales, de promoción sociolaboral y formativas de los trabajadores durante el
ejercicio presupuestario en que sea publicada la correspondiente convocatoria.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden de 15 de mayo de 2020 por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar a las organizaciones sindicales carentes de la condición de más representativas
(DOE n.º 94, de 18 de mayo de 2020).
Cuarto. Cuantía.
El crédito máximo disponible para esta convocatoria es de 82.000 euros, financiándose con
cargo a la posición presupuestaria 100010000 G/113A/48000 CAG0000001 20080042 “Otras
Organizaciones Sindicales” recogida en la Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de los Presupues-