Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Energía Solar. (2023060643)
Resolución de 22 de febrero de 2023, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se otorga autorización administrativa previa a la sociedad Eco Capital Delivery, SL, para la instalación fotovoltaica "Madrigal I", ubicada en el término municipal de Madrigal de la Vera (Cáceres), e infraestructura de evacuación de energía eléctrica asociada. Expte.: GE-M/90/20.
<< 3 << Página 3
Página 4 Pág. 4
-
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 44

13994

Lunes 6 de marzo de 2023

final, mediante entrada/salida, en el nuevo apoyo metálico de conversión subterráneo-aéreo (objeto de otro proyecto) a instalar entre los apoyos 1022 y 1021 de
la línea Rosarito (STR Madrigal), propiedad de I-de Redes Eléctricas Inteligentes,
SAU.

Recorrido línea: Polígono 2, parcela 144, 9002 y 1510, del término municipal de
Madrigal de la Vera (Cáceres). Referencias catastrales: 10114A002001440000JM
10114A002090020000JQ y 10114A002015100000JE, respectivamente.
— Presupuesto total de ejecución material del proyecto: 2.371.127,16 €.
— Finalidad: Instalación de producción de energía eléctrica solar fotovoltaica e infraestructura eléctrica de evacuación asociada.
La autorización administrativa previa se otorga bajo las siguientes condiciones:
La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en la Ley
24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de desarrollo.
La Empresa tendrá en cuenta, para realizar la ejecución de las instalaciones, el cumplimiento de los condicionados que hayan sido establecidos por Administraciones Públicas,
organismos, empresas de servicio público o empresas de servicios de interés general.
La presente autorización se otorga sin perjuicio de terceros y dejando a salvo los derechos
particulares, e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros, necesarios para la realización de las obras de las
instalaciones.
La presente resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera para la Transición Ecológica y
Sostenibilidad de acuerdo con lo establecido en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el
plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, de conformidad con el artículo 122 de dicha norma legal.
Mérida, 22 de febrero de 2023.
El Director General de Industria,
Energía y Minas,
SAMUEL RUIZ FERNÁNDEZ