Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060610)
Resolución de 22 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y los Ayuntamientos de Palazuelo, Puebla de Alcollarín, Rena y Villar de Rena en la prestación de información, valoración y orientación de los Servicios Sociales de Atención Social Básica.
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Viernes 3 de marzo de 2023

español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de
26 de febrero de 2014, en virtud de lo dispuesto en su artículo 6, aplicándose los principios
de esta Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.
Igualmente, el presente convenio queda excluido del ámbito de aplicación de la Ley 6/2011,
de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en virtud de
lo dispuesto en su artículo 3.1 g).
Octavo. Que, para el cumplimiento de los intereses comunes, en el que la Junta de Extremadura y los Ayuntamientos de Palazuelo, Puebla de Alcollarín, Rena y Villar de Rena, comparten
competencias, todas las partes coinciden en la necesidad de garantizar la prestación de información, valoración y orientación del servicio social de atención social básica, que permita a su
vez garantizar el derecho subjetivo y universal de la ciudadanía de acceso al sistema público
de servicios sociales con objeto de promover el bienestar social y contribuir al pleno desarrollo
de las personas y la justicia social.
Por todo lo expuesto, todas las partes acuerdan materializar su colaboración mediante la firma del presente convenio, que se regirá por las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El presente convenio tiene por objeto regular la colaboración entre la Consejería de Sanidad
y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y los Ayuntamientos de Palazuelo, con NIF
P0618700I, Puebla de Alcollarín, con NIF P0619000C, Rena, con NIF P0611100I y Villar de
Rena, con NIF P0615600D (en lo sucesivo Ayuntamientos) en la prestación de información,
valoración y orientación (en lo sucesivo prestación) del servicio social de atención social básica (en lo sucesivo servicio social).
Segunda. Representación, coordinación y gestión.
A los efectos de garantizar la prestación del servicio social objeto del presente convenio, los
Ayuntamientos la prestan a través de agrupación, designando al Ayuntamiento de Villar de
Rena (en lo sucesivo Ayuntamiento gestor), como representante de dicha agrupación, con
poderes bastantes para cumplir las obligaciones y compromisos que, como parte firmante del
convenio, corresponde al mismo.
El Ayuntamiento gestor será el encargado de la coordinación administrativa que supone el
presente convenio, de la gestión de la prestación del servicio, de la contratación del personal
adscrito a dicha prestación y de la presentación de las correspondientes justificaciones ante
la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales.