Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060614)
Resolución de 22 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y los Ayuntamientos de Cristina, Don Álvaro, Manchita, San Pedro de Mérida, Valverde de Mérida y Mancomunidad Pantano de Alange en la prestación de información, valoración y orientación de los Servicios Sociales de Atención Social Básica.
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NÚMERO 43
Viernes 3 de marzo de 2023

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La entidad gestora será el encargado de la coordinación administrativa que supone el presente convenio, de la gestión de la prestación del servicio, de la contratación del personal
adscrito a dicha prestación y de la presentación de las correspondientes justificaciones ante
la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales.
Asimismo, la entidad gestora dará traslado de todas las comunicaciones y justificaciones al
resto de Ayuntamientos firmantes del convenio.
Tercera. Actuaciones de la prestación de información, valoración y orientación de
los servicios sociales de atención social básica.
Para el cumplimiento del objeto del presente convenio las entidades locales, a través del servicio social garantizarán la prestación a las personas que cumplan los requisitos establecidos
en la Ley 14/2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura y demás normativa
que lo desarrolle, realizando las siguientes actuaciones:
1. Atención a las necesidades y demandas de la población, canalizando las situaciones de
necesidad hacia las prestaciones necesarias.
2. Diagnóstico de las situaciones de necesidad social y elaboración y ejecución, cuando sea
necesario, del plan de atención social regulado en el artículo 18 de la Ley 14/2015, de
9 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura.
3. Atención inmediata a personas en situación o riesgo de exclusión social.
Además de las actuaciones anteriores, las entidades locales a través del servicio social desarrollarán las funciones atribuidas a los servicios sociales de atención social básica en el artículo 16
de la Ley 14/2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura, y cuantas otras actuaciones o funciones se les atribuya legal o reglamentariamente relacionadas con la prestación.
Cuarta. Financiación y compromisos económicos que asumen cada una de las partes.
La financiación del presente convenio asciende a la cantidad de ciento cuarenta y tres mil
ochocientos treinta y seis euros (143.836,00 €), destinada a financiar los costes de personal
y de funcionamiento de la prestación del servicio social de las entidades locales, conforme al
presupuesto que se detalla en el anexo I de este convenio.
De acuerdo con la citada financiación, los compromisos económicos que asumen cada una de
las partes firmantes, serán los siguientes:
1. La Junta de Extremadura a través de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales aportará
a la financiación del presente convenio la cantidad de Ciento Cuarenta y Dos Mil Trescientos
Noventa y Siete Euros con Sesenta y Cuatro Céntimos (142.397,64 €), correspondiente