Consejería De Educación Y Empleo. Personal Docente No Universitario. (2023060688)
Resolución de 22 de febrero de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se actualizan las titulaciones que habilitan para el desempeño de puestos en régimen de interinidad en plazas de los Cuerpos docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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Música

Filología Portuguesa
Filología Hispánica, subsección de Gallego y Portugués
Filosofía y Letras (sección Filología Hispánica, subsección de Gallego y Portugués)
Traducción e Interpretación Lingüística (Primer Idioma: Portugués).

Título Superior de Música, en cualquiera de las especialidades, expedido al amparo del R.D. 631/2010, de 14 mayo

Licenciatura en:
- Historia y Ciencias de la Música.
- Historia, especialidad de Historia del Arte (Sección Musicología).
- Filosofía y letras, Especialidad Musicología.
- Musicología.

Grado en:
- Composición de Músicas Contemporáneas.
- Composición Musical.
- Creación Musical.
- Historia y Ciencias de la Música.
- Historia y Ciencias de la Música y Tecnología Musical.
- Interpretación de Música Moderna.
- Interpretación Musical.
- Musicología.

Cualquier titulación universitaria superior y haber superado un ciclo de los estudios conducentes a la obtención de la
licenciatura del idioma correspondiente junto con los estudios complementarios citados en el párrafo anterior.

Cualquier titulación universitaria superior del Área de Humanidades y, además, acreditar como formación complementaria,
como mínimo, un Nivel B2 de competencia lingüística del Marco Común Europeo de Referencia de las Lenguas en el idioma
correspondiente, conforme al Anexo III de la presente orden.

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NÚMERO 42

Jueves 2 de marzo de 2023

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