Consejería De Educación Y Empleo. Personal Docente No Universitario. (2023060688)
Resolución de 22 de febrero de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se actualizan las titulaciones que habilitan para el desempeño de puestos en régimen de interinidad en plazas de los Cuerpos docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
226 páginas totales
Página
032

Idioma
Inglés

Cuerpo de Maestros

Titulaciones para el desempeño de puestos en régimen de interinidad
- Título de Graduado o Graduada que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Maestro en Educación Infantil.
- Maestro especialidad de Educación Infantil (Real Decreto 1440/1991).
- Diplomado en Profesorado de Educación General Básica, especialidad de Preescolar.
Título de Maestro, título de Grado que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Maestros en Educación Infantil o Educación
Primaria o cualquier otro título declarado legalmente equivalente y, además, la especialidad en Educación Preescolar o en Pedagogía
Preescolar de las Licenciaturas de Filosofía y Letras (Sección Ciencias de la Educación) o de Filosofía y Ciencias de la Educación (Sección
Ciencias de la Educación).
Extranjero- - Título de Graduado o Graduada que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Maestro en Educación Primaria, que
incluya una mención en lengua extranjera: Inglés.
- Maestro de cualquier especialidad que además tenga el Título de Graduado o Graduada en el ámbito de una lengua extranjera:
Inglés.
- Maestro especialidad de Lengua extranjera (Real Decreto 1440/1991) Inglés.
- Diplomado en Profesorado de Educación General Básica especialidad de Filología Inglesa.
- Título de Maestro, título de Grado que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Maestros en Educación Infantil o
Educación Primaria o cualquier otro título declarado legalmente equivalente y, además de alguno de dichos títulos, una de las
siguientes titulaciones:
a) Certificado de un Nivel B2 de competencia lingüística del Marco Común Europeo de Referencia de las Lenguas en el idioma
correspondiente, conforme al Anexo III de la presente orden.
b) Título de Licenciado en Filología Inglesa o título de Grado correspondiente.
c) Título de Licenciado o Diplomado por las facultades o Escuelas Universitarias de Idiomas (traducción e interpretación) en
inglés o título de Grado correspondiente.

ESPECIALIDADES
031 Educación Infantil

ANEXO I

Titulaciones para el desempeño de puestos en régimen de interinidad

NÚMERO 42

Jueves 2 de marzo de 2023

13297