Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Sector Vitivinícola. Ayudas. (2023060595)
Resolución de 17 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se efectúa la convocatoria de la ayuda a la destilación de subproductos de la vinificación en la Comunidad Autónoma de Extremadura para la campaña 2022/2023, al amparo del Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, para la aplicación de las medidas del Programa de apoyo 2019/2023 al sector vitivinícola español. Ejercicio FEAGA 2023.
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N.I.D.P.B. (Bodega de elaboración): _____________________________________________________________________________________
N.I..:________________________________ ZONA VITÍCOLA:_____________________________________________________________

NÚMERO 42

13274

Jueves 2 de marzo de 2023
D./Dª _________________________________________________________________,
Sexo □ M □ H, con
N.I.F. nº _________________________ en calidad de (1) ________________________________ de la
destiladora o destilador reseñado ha realizado la destilación de subproductos del artículo 52 del Reglamento
(UE) nº 1308/2013, correspondiente al/a la Productor/a identificado/a en el recuadro superior, que ha entregado
para su destilación, los productos que se justifican en la relación que se acompaña, habiéndose obtenido el
alcohol que se detalla en el recuadro inferior.
Consejería Agricultura, Desarrollo
Rural, Población y Territorio

Por todo lo cual,

S O L I C I T A:



Percibir la ayuda que le pudiera corresponder para las citadas cantidades de alcohol obtenido de la
destilación indicada, una vez realizada la destilación conforme a lo reglamentariamente establecido,
comprometiéndose a comunicar y justificar el destino del citado alcohol , y proceder al reintegro de la
ayuda si éste no se utilizara exclusivamente con fines industriales o energéticos.
ALCOHOL OBTENIDO
MATERIA PRIMA

CLASE DE ALCOHOL

ORUJO

BRUTO

LIAS

BRUTO

VINO

BRUTO

HECTÓGRADOS

HECTÓLITROS

TOTAL




Que se le abone el importe correspondiente al pago parcial previsto (80% del importe inicial de la
ayuda) por la destilación realizada.
Que se le abone el importe correspondiente al anticipo previsto (80% del importe inicial de la ayuda)
por la destilación realizada, presentando justificante de depósito de una garantía correspondiente al
100% del valor de dicho anticipo.
AVALES BANCARIOS
Nº aval

Entidad

Importe (€)

Nº Resguardo

Fecha
depósito

La documentación dispuesta en el apartado 2 del artículo 57 del Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre,
para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español.
Se entrega
con esta
solicitud









Se entregó
anteriormente

Se entregará
posteriormente

















Documentación
Certificado de recepción de subproductos para destilación (Anexo 2).
Relación de entregas efectuadas por el/la productor/a (Anexo 4).
Resumen de materia prima en fabricación y productos obtenidos (Anexo 4-bis).
Prueba de la destilación - Modelo 520.
Liquidación de pago de los gastos de transporte al productor/a y justificante de
quien se ha hecho cargo de dichos gastos (Anexo 5 - Anexo 6).
Justificante del destino del alcohol obtenido (Anexo 7).
Justificante del uso del alcohol.