Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060575)
Resolución de 17 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura para la realización de estudios destinados a la conservación de humedales y la mejora de la conectividad en Extremadura financiados por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea NEXT-GenerationEU. N.º expediente: MR 2218003MR001
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NÚMERO 42
Jueves 2 de marzo de 2023

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Extremadura, para facilitar su protección, conservación, restauración y mejora y asegurar su
desarrollo sostenible y su preservación para las generaciones futuras.
Entre los objetivos perseguidos por esta Ley se encuentra el mantenimiento de los procesos
ecológicos básicos, así como la biodiversidad y la singularidad y diversidad de los paisajes. Por
ello, su artículo 57 establece que el mantenimiento y la preservación de la diversidad biológica
del patrimonio natural y del patrimonio genético común se llevarán a cabo en el marco del
establecimiento de figuras tanto de protección de hábitats naturales como de conservación,
mantenimiento y recuperación de especies animales y vegetales. En este sentido, y entre
otros, se considera como objetivo fundamental o criterio de protección dar preferencia a las
medidas de conservación y preservación en el hábitat natural de cada especie, considerando
la posibilidad de establecer medidas complementarias fuera del mismo.
Séptimo. En el artículo 31 de la Ley 10/2001, de 5 de julio, del Plan Hidrológico Nacional
se establece que el Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico y, en coordinación con las Comunidades Autónomas, establecerá un sistema de investigación y control
para determinar los requerimientos hídricos necesarios que garanticen la conservación de los
humedales existentes que estén inventariados en las cuencas intercomunitarias. Asimismo, el
Ministerio y las Comunidades Autónomas promoverán la recuperación de humedales, regenerando sus ecosistemas y asegurando su pervivencia futura.
Octavo. En el año 1971, conscientes de la importancia de los humedales para la conservación
de la biodiversidad, se aprueba la Convención relativa a los Humedales de Importancia Internacional especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas. Se trata de un tratado intergubernamental e integra, en un único documento, las bases sobre las que asentar y coordinar las
principales directrices relacionadas con la conservación de los humedales de las distintas políticas sectoriales de cada Estado. Actualmente cuenta con 164 Partes Contratantes (Estados
miembros) en todo el mundo. Este acuerdo internacional es el único de los modernos convenios en materia de medio ambiente que se centra en un ecosistema específico, los humedales,
y aunque en origen su principal objetivo estaba orientado a la conservación y uso racional con
relación a las aves acuáticas, actualmente busca el reconocimiento de la importancia de estos
ecosistemas como fundamentales en la conservación global y el uso sostenible de la biodiversidad, con importantes funciones (regulación de la fase continental del ciclo hidrológico,
recarga de acuíferos, estabilización del clima local), valores (recursos biológicos, pesquerías,
suministro de agua) y atributos (refugio de diversidad biológica, patrimonio cultural, usos
tradicionales). Así, el objetivo fundamental del Convenio de Ramsar es “la conservación y el