Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060575)
Resolución de 17 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura para la realización de estudios destinados a la conservación de humedales y la mejora de la conectividad en Extremadura financiados por el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea NEXT-GenerationEU. N.º expediente: MR 2218003MR001
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NÚMERO 42
Jueves 2 de marzo de 2023

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petar el principio de no causar un daño significativo al medioambiente (DNSH, por sus siglas
en inglés, Do No Significant Harm), así como las condiciones específicas vinculadas a dicho
principio detalladas en los documentos oficiales del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
Por ello, las inversiones vinculadas al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
requieren el establecimiento de condicionados que incluyan una mención explícita a la obligatoriedad de respetar el principio DNSH; así como el resto de los principios de obligado cumplimiento vinculados a la ejecución de este Plan. Según el artículo 2 de la Orden
HFP/1030/2021, uno de esos principios es el refuerzo de mecanismos para la prevención, detección y corrección del fraude la corrupción y los conflictos de interés. A tal efecto, con fecha
de 24 de marzo de 2022 se publica en DOE el Decreto 20/2022, de 9 de marzo, por el que se
aprueba el Plan de medidas contra el fraude, la corrupción y los conflictos de intereses en la
Comunidad Autónoma de Extremadura y se regula la estructura organizativa para su puesta
en funcionamiento (http://gobiernoabierto.juntaex.es/transparencia/web/plan-antifraude).
Segundo. El Real Decreto 1997/1995, de 7 de diciembre, por el que se establecen medidas
para contribuir a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres (BOE núm. 310, de 28 de diciembre de 1995) tiene como
objetivo contribuir a garantizar la biodiversidad en el territorio en que se aplica la Directiva
92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats
naturales y de la fauna y flora silvestres (DOCE núm. 206, de 22 de julio de 1992), mediante
la adopción de medidas para la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora
silvestres en el territorio español.
Las medidas que se adopten en virtud del referido Real Decreto tendrán como finalidad el
mantenimiento o el restablecimiento, en un estado de conservación favorable, de los hábitats
naturales y de las especies silvestres de la fauna y de la flora de interés comunitario en el
territorio español y tendrán en cuenta las exigencias económicas, sociales y culturales, así
como las particularidades regionales y locales.
Tercero. La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad
(BOE núm. 299, de 14 de diciembre de 2007) tiene como objeto establecer el régimen jurídico
básico de la conservación, uso sostenible, mejora y restauración del patrimonio natural y de
la biodiversidad, como parte del deber de conservar y del derecho a disfrutar de un medio
ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, establecido en el artículo 45.2 de la
Constitución. En su artículo 54 se establece que las comunidades autónomas, en el ámbito