Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023060571)
Resolución de 16 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda n.º 1 modificativa del Convenio entre la Comunidad Autónoma de Extremadura, el Ayuntamiento de Mérida y ADIF para la ejecución de una pasarela urbana de uso peatonal y con carril bici sobre la playa de vías de la estación de ferrocarril de Mérida a fin de mejorar la permeabilidad transversal de la ciudad incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 42
Jueves 2 de marzo de 2023

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de vías de la Estación de Ferrocarril de Mérida a fin de mejorar la permeabilidad transversal
de la ciudad incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Segunda. Modificación.
I. Es objeto de modificación la Cláusula Tercera “Financiación de las actuaciones y forma de
abono” del Convenio de fecha 5 de octubre de 2022, cuyo párrafo tercero queda con la
siguiente redacción:
“Los pagos de la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda de la Junta de Extremadura a ADIF serán realizados mediante transferencia bancaria, del siguiente modo:


— A. A partir de que el presente convenio adquiera eficacia, el pago de la cantidad prevista para la anualidad 2022 (40.000,00 euros) se transferirá en concepto de pago
anticipado, previa certificación emitida por ADIF, justificativa del inicio del expediente de licitación para la redacción del proyecto de ejecución.



— B. El resto de pagos, correspondientes a las anualidades 2023 y 2024, se realizará
previa emisión de factura, acompañada de la correspondiente certificación, en su
caso, por los conceptos que correspondan, estableciéndose facturación de periodicidad mensual y proporcional a los trabajos desarrollados, debiéndose justificar detalladamente los mismos en memoria anexa a la factura y/o certificación, realizada y
validada por la Dirección Facultativa, y debiéndose validar, en el plazo máximo de 30
días, dichos trabajos por la Junta de Extremadura, mediante emisión de informe de
conformidad de los trabajos e importe facturado previo a la emisión de la certificación, para la tramitación del pago por el órgano gestor de los fondos económicos”.

II. Es objeto de modificación la Cláusula Tercera “Financiación de las actuaciones y forma de
abono” del Convenio de fecha 5 de octubre de 2022, cuyo último párrafo, referido al cumplimiento de hitos y objetivos, queda con la siguiente redacción:
“Se establecen los siguientes hitos y objetivos a cumplir:


— Inicio del proceso de licitación de la redacción del proyecto antes del 31 de diciembre
de 2022.



— Adjudicación de las actuaciones contempladas antes del 30 de marzo de 2023 (redacción del proyecto).