Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Política Agraria Comunitaria. Ayudas. (2023060692)
Resolución de 27 de febrero de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan, para la campaña 2023/2024, los pagos directos asociados, ayuda básica a la renta para la sostenibilidad, la ayuda complementaria a la renta para la sostenibilidad, la ayuda complementaria a la renta para jóvenes agricultores y jóvenes agricultoras y regímenes en favor del clima y de medio ambiente (eco-regímenes), los pagos directos asociados a las personas agricultoras y a las personas ganaderas, los pagos establecidos en función del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad Autónoma de Extremadura y las ayudas y pago de primera anualidad de determinadas intervenciones recogidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027.
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NÚMERO 41
Miércoles 1 de marzo de 2023

12927

• De las pagos directos asociados a los agricultores, quienes cumpliendo las condiciones
previstas en el Capítulo II del título III del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre,
sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y
el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política
Agraria Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y
control, reúnan los requisitos generales del artículo 46 del citado real decreto y los específicos para cada línea de ayuda:


– En la ayuda asociada a la producción sostenible de proteínas de origen vegetal los
requisitos establecidos en el artículo 49 del citado real decreto.



– En la ayuda asociada a la producción sostenible de arroz los requisitos establecidos
en el artículo 53 del citado real decreto.



– En la ayuda asociada a la producción sostenible de remolacha azucarera los requisitos
establecidos en el artículo 56 del citado real decreto.



– En la ayuda asociada a la producción sostenible de tomate para la transformación los
requisitos establecidos en el artículo 59 del citado real decreto.



– En la ayuda asociada a los productores de frutos secos en áreas con riesgo de desertificación los requisitos establecidos en el artículo 65 del citado real decreto.



– En la ayuda asociada a la producción tradicional de uva pasa los requisitos establecidos en el artículo 68 del citado real decreto.



–E
 n el pago específico al cultivo del algodón los requisitos establecidos en el artículo
74 del citado real decreto.



–E
 n la ayuda asociada al olivar con dificultades específicas y alto valor medioambiental
los requisitos establecidos en el artículo 79 del citado real decreto.

• De las pagos directos asociados a los ganaderos, quienes cumpliendo las condiciones
previstas en el Capítulo II del título III del Real Decreto 1048/2022, de 27 de diciembre,
sobre la aplicación, a partir de 2023, de las intervenciones en forma de pagos directos y
el establecimiento de requisitos comunes en el marco del Plan Estratégico de la Política
Agraria Común, y la regulación de la solicitud única del sistema integrado de gestión y
control, reúnan los requisitos generales de los artículos 81 del citado real decreto y los
específicos para cada línea de ayuda:


– En la ayuda asociada para los ganaderos extensivos de vacuno de carne los requisitos
establecidos en el artículo 84 del citado real decreto.