Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023060597)
Resolución de 20 de febrero de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Modernización de la zona regable de "El Robledo"", en el término municipal de Losar de la Vera (Cáceres), cuya promotora es la Comunidad de Regantes "El Robledo". Expte.: IA22/1577.
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NÚMERO 41
Miércoles 1 de marzo de 2023

13043

RESOLUCIÓN de 20 de febrero de 2023, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del
proyecto de "Modernización de la zona regable de "El Robledo"", en el término
municipal de Losar de la Vera (Cáceres), cuya promotora es la Comunidad de
Regantes "El Robledo". Expte.: IA22/1577. (2023060597)
La Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 73 prevé los proyectos que deben ser sometidos a evaluación ambiental simplificada por el órgano ambiental a los efectos de determinar que el proyecto no
tiene efectos significativos sobre el medio ambiente, o bien, que es preciso su sometimiento
al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, regulado en la subsección 1.ª
de sección 2.ª del capítulo VII, del título I, de la ley, por tener efectos significativos sobre el
medio ambiente.
El proyecto de “Modernización de la zona regable de “El Robledo””, a ejecutar en el término
municipal de Losar de la Vera (Cáceres), es encuadrable en el Grupo 1, apartado d) punto
1º del anexo V de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y en el Grupo I, apartado c) punto 1.º de la Ley 21/2013, de 9 de
diciembre, de evaluación ambiental “Proyectos de consolidación y mejora de regadíos en una
superficie superior a 100 ha (proyectos no incluidos en los anexo IV o I)”.
La promotora del proyecto es la Comunidad de Regantes de “El Robledo”, con CIF G10106128
y con domicilio social en Ronda Sur, 140, Losar de la Vera (Cáceres).
Es órgano competente para la formulación del informe de impacto ambiental relativo al proyecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y
Sostenibilidad de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1.d) del Decreto 170/2019, de
29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Por otra parte, a la Secretaría General de Población y Desarrollo Rural de la Consejería de
Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura, le corresponde la planificación de los recursos hidráulicos con interés agrario, dentro del ámbito de
las competencias propio de la Comunidad Autónoma. También las competencias derivadas de
la aplicación de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura, en relación con las
actuaciones en materia de regadíos.
Los principales elementos del análisis ambiental del proyecto son los siguientes: