Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Caza. (2023060622)
Resolución de 20 de febrero de 2023, de la Dirección General de Política Forestal, por la que se adoptan los Principios del Mecanismo de Gestión Adaptativa de la Tórtola Europea (Streptotelia turtur) en cotos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 41
Miércoles 1 de marzo de 2023

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RESUELVE:
Primero. Abrir plazo desde la fecha siguiente a la publicación de esta resolución en el Diario
Oficial de Extremadura hasta el próximo 17 de marzo de 2023, para poder inscribirse en el
Inventario de Cotos participantes en el Plan de Caza Adaptativa de la Tórtola y que deseen
implementar el mecanismo de gestión adaptativa de la tórtola, según se describe en los puntos siguientes.
1. L
 a inscripción se llevará a cabo cumplimentando el formulario que constituye el anexo
I de esta resolución y remitiéndolo al mail: caza.adaptativa@juntaex.es. Éste también
podrá descargarse en la página web


http://extremambiente.juntaex.es (solicitud_inventario_cotos.pdf).

2. Los cotos inscritos en dicho inventario se comprometen a realizar censos de tórtolas
mediante recorridos de observación y escucha (en vehículo o a pie), durante los meses
de mayo, junio y julio siguiendo las indicaciones del díptico publicado para tal fin en la
web http://extremambiente.juntaex.es .
De forma complementaria y opcional, los cotos podrán realizar censos de tórtolas en
zonas de alimentación.
3. P
 ara favorecer la recuperación de la tórtola, los cotos inscritos deberán justificar la
realización de medidas de gestión del hábitat. Para ello deberán llevar a cabo al menos
dos de las cuatro medidas siguientes, reflejando polígono y parcela o geolocalizando los
puntos en los que se realice:


a) Mantenimiento de la siembra existente, cuando sea el caso, en al menos, una Ha.,
de cereal (trigo), leguminosa (veza), oleaginosa (girasol) o mezcla de estas especies, evitando su cosechado hasta el 1 de septiembre, así como la utilización de
fitosanitarios.



b) Recuperación de bosques y arbustos del entorno (zonas de nidificación).



c) Establecimiento de puntos de agua.



d) Aporte de alimento en grano entre mayo y julio.

4. La ejecución de las medidas recogidas en el punto anterior en los cotos participantes
serán objeto de verificación por parte de los AMN.
5. P
 ara cada coto participante se realizará una evaluación individualizada teniendo en
cuenta los datos de monitorización y gestión aportados y se establecerá un hipotético