Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Honores Y Distinciones. (2023060617)
Resolución de 17 de febrero de 2023, de la Consejera, por la que se concede la Placa de Reconocimiento a la Labor Policial y de Seguridad de Extremadura a D. Pedro Javier Velázquez Aparicio y D. José Manuel Merino Gallego.
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Miércoles 1 de marzo de 2023

ron una víctima mortal más en la violencia de género, ante la agresión que recibió la víctima
y las amenazas de muerte que recibió por parte del agresor que fue enviado a prisión.
Quinto. En relación con la documental obrante en el expediente y considerando los fundamentos que anteceden y el acuerdo de inicio de la Directora General de Emergencias, Protección
Civil e Interior de 17 de febrero de 2023, se acredita en el procedimiento el cumplimiento, por
parte de las personas propuesta como beneficiarias, de la totalidad de requisitos exigidos por
la citada Orden de 17 de febrero de 2014 para la concesión de la Placa de Reconocimiento a
la Labor Policial y de Seguridad de Extremadura.
En virtud de las atribuciones conferidas por Decreto 164/2019, de 29 de octubre, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, y de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Orden de 17 de febrero de 2014,
RESUELVO:
Conceder la Placa de Reconocimiento a la Labor Policial y de Seguridad de Extremadura a D.
Pedro Javier Velázquez Aparicio y D. José Manuel Merino Gallego.
Los términos y fecha del acto, conforme a lo establecido en el artículo 12 de la Orden de 17
de febrero de 2014, serán comunicados a los galardonados con la suficiente antelación
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer potestativamente
recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Agricultura Desarrollo Rural, Población
y Territorio en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar
la notificación de esta resolución, tal y como dispone el artículo 102 de la Ley 1/2002, de 28 de
febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE
n.º 35, de 26 de marzo de 2002), en relación con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Podrá también interponer directamente, en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de la notificación del presente, el correspondiente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 46.1, 10.1. a) y 14.1 Primera
de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa
(BOE n.º 167, de 14 de julio). En caso de haber interpuesto recurso de reposición, no podrá
impugnar en la vía contencioso-administrativa hasta que sea resuelto expresamente o se
haya producido la desestimación presunta de aquél.
Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.
Mérida, 17 de febrero de 2023.
La Consejera,
BEGOÑA GARCÍA BERNAL