Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Política Agraria Comunitaria. Ayudas. (2023060708)
Extracto de las Ayudas PAC campaña 2023/2024, de la solicitud de concesión de ayuda y pago en su primer año de compromisos de la intervención "Compromisos de conservación de recursos genéticos. Fomento de razas autóctonas amenazadas".
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NÚMERO 41
Miércoles 1 de marzo de 2023

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Cuarto. Requisitos de admisibilidad.
1. S
 er titulares de explotaciones ganaderas inscritas, a su nombre, en el Registro de Explotaciones Ganaderas en la Comunidad Autónoma de Extremadura, con ejemplares de las
razas elegibles por la que solicita la ayuda, a fecha de 1 de enero de año de solicitud de
ayuda o pago. Serán exceptuados de la inscripción a dicha fecha, aquellas personas titulares jóvenes agricultoras o ganaderas que se incorporen a la actividad agrícola/ganadera
o los solicitantes de un cambio de titularidad de explotación con anterioridad a la solicitud
de ayuda o pago.
2. Serán elegibles, y por tanto objeto de concesión, los animales reproductores de las siguientes razas autóctonas amenazadas:
a. Bovino: Blanca Cacereña, Berrenda en Colorado, Berrenda en Negro, Morucha variedad
negra, Cárdena Andaluza y Retinta.
b. Ovino: Merina variedad negra.
c. Caprino: Retinta, Verata y Blanca Andaluza o Serrana.
d. Porcino: Ibérico variedad Torviscal, Ibérico variedad Lampiño.
e. Equino-asnal: Andaluza
3. S
 erán considerados animales reproductores aquellos que a fecha de fin de plazo de solicitud de ayuda cuenten con la siguiente edad: o Bovinos, equino, porcinos, 6 meses o más.
o Ovinos y caprinos, de 12 meses o más.
4. T
 ener los animales reproductores objeto de ayuda inscritos en el Libro de Registro Oficial
de la raza.
5. Disponer de un número mínimo de UGM según especie.
— bovino: 4 UGM
— ovino o caprino: 1 UGM
— porcino: 3 UGM
— equino-asnal: 0.80 UGM
Quinto. Bases reguladoras.